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Absuelven a un objetor porque Justicia tardó tres años en llamarlo

Miguel González

La Audiencia Provincial de Madrid ha absuelto al objetor Juan Ramón García Romeu, para quien el fiscal pedía ocho años de inhabilitación absoluta y 182.500 pesetas de multa por no haberse incorporado a la Prestación Social Sustitutoria (PSS).García Romeu, de 34 años, fue declarado objetor por el Consejo Nacional de Objeción de Conciencia el 8 de febrero de 1989 y declarado útil para el cumplimiento de la PSS el 20 de diciembre de 1990, más de 22 meses después, siendo citado para incorporarse al Hogar de la Tercera Edad del Inserso en Mérida (Badajoz) el 22 de marzo de 1992, a los 15 meses de la declaración de utilidad, sin que hubiese pedido ningún aplazamiento.

La sentencia recuerda que el reglamento de la prestación social limita a un año la situación de disponibilidad de los objetores desde que son calificados como útiles hasta que se incorporan a la prestación o pasan a la reserva. En cambio, no pone límite al tiempo que puede transcurrir desde que son reconocidos como objetores hasta la declaración de utilidad, "cuando no se ofrece traba o impedimento alguno por el declarado objetor".Ante esta indefinición, agrega el tribunal, caben dos interpretaciones: "que se puede estar en dicha situación de forma indefinida, hasta que la Administración resuelva de forma expresa", o, por el contrario, "que estamos ante un procedimiento administrativo iniciado de oficio, para exigir una prestación personal de un ciudadano, y que por lo tanto la Administración tiene la obligación de resolver dicho expediente como previene la Ley de Procedimiento Administrativo, huyendo así de la idea de que puede resolver o no, o resolver cuando lo estime conveniente".

130.000 jóvenes pendientes

La Audiencia de Madrid considera, "en virtud del principio de seguridad jurídica", que la segunda interpretación es la válida y que, "transcurrido el plazo de seis meses, por silencio administrativo, [ ... ] se entiende clasificado como útil y a partir de dicha fecha empieza a contar el año de disponibilidad.En aplicación de este criterio, la sentencia concluye que García Romeu debió ser clasificado útil en agosto de 1989 y llamado para cumplir la prestación durante el año siguiente. El tribunal ha valorado también para absolver al objetor que la citación para incorporarse a la PSS ni siquiera se le notificó personalmente, sino a través del tablón de anuncios del Ayuntamiento.

El criterio aplicado por la Audiencia de Madrid puede afectar a 130.000 objetores que están pendientes de cumplir la PSS por falta de puestos de actividad y que, en muchos casos, llevan varios años de espera. El director general de Objeción de Conciencia, Carlos Lesmes, aseguró el jueves en el Congreso que el objetivo del Ministerio de Justicia es que a finales de 1998 se cumplan los plazos de incorporación previstos reglamentariamente.

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Sobre la firma

Miguel González
Responsable de la información sobre diplomacia y política de defensa, Casa del Rey y Vox en EL PAÍS. Licenciado en Periodismo por la Universidad Autónoma de Barcelona (UAB) en 1982. Trabajó también en El Noticiero Universal, La Vanguardia y El Periódico de Cataluña. Experto en aprender.

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