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Tribuna:RECURSOS HIDROLÓGICOS
Tribuna
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De democracia y trasvases

En el año 1974, el entonces Ministerio de Obras Públicas proyectó un trasvase de recursos hídricos del río Ebro a la comarca de Barcelona. El proyecto se cocinó en el ministerio con todo sigilo y no se tuvo la noticia de él hasta que se publicó un breve anuncio para el preceptivo trámite de información pública en el ¡Boletín Oficial de la provincia de Tarragona! Sin embargo, el anuncio no pasó inadvertido y levantó una polvareda de críticas en la región aragonesa que desbarató la intentona. Además fue ocasión y origen de un conocido estudio jurídico, dirigido por el profesor Martín-Retortillo, que, entre otras conclusiones, demostró la necesidad de que los trasvases entre cuencas se aprobaran por ley, tal como se deducía ya de la legislación de obras públicas del siglo pasado.La exigencia de la ley en estos casos no es una mera formalidad jurídica. Todo trasvase es una operación completa. No tanto por las obras que hay que ejecutar, sino, sobre todo, porque supone una ruptura artificial de la unidad de la cuenca hidrológica que suele tener consecuencias importantes de orden económico, social y ambiental. Por eso, la adopción de este tipo de medidas no debe hacerse sin haber discutido y valorado de manera pública todas las implicaciones; entre ellas, si la cuenca que cede agua tiene recursos sobrantes y si los que ahora sobran no están comprometidos, cuáles son los efectos que el trasvase puede producir en el equilibrio territorial entre las regiones o si para satisfacer las demandas de agua de la cuenca receptora del trasvase no hay otras alternativas, amén de los efectos demográficos y ecológicos que a medio y largo plazo puede producir la alteración del curso natural de las aguas. Por eso también, la opción sobre el trasvase es una decisión política fundamental, que cabe ser adoptada por el órgano que encarna la soberanía popular.

Estas consideraciones parecían firmemente arraigadas en nuestro derecho. Así, los últimos trasvases aprobados lo han sido siempre por ley. No sólo el emblemático Tajo-Segura, sino incluso otro de muchísima menor envergadura: el trasvase Júcar-Sagunto, que se aprobó en 1987. La misma consecuencia se deriva de la vigente Ley de Aguas, especialmente si el trasvase afecta a varias comunidades autónomas, como admite la práctica generalidad de la doctrina jurídica y se deduce de la jurisprudencia sobre obras hidráulicas. Más aún, la ley integra este tipo de decisiones en el procedimiento de elaboración de los planes hidrológicos, ya sean el plan nacional o los planes de cuenca, que es siempre un procedimiento abierto y democrático, en el que participaron todos los interesados y emite su informe el Consejo Nacional. del Agua.

Por eso, la noticia de que la ministra de Medio Ambiente y el presidente de la Generalitat valenciana han firmado un convenio que, entre otras medidas elogiables, incluye el compromiso de realizar las obras para un trasvase de 100 hectómetros cúbicos anuales del río Júcar a la cuenca del Vinalopó parece retrotraernos en el túnel del tiempo. Más aún cuando de ese convenio, sorpresivamente firmado, no se ha dado arte ni parte a la comunidad de Castilla-La Mancha, directamente afectada, y el trasvase dice fundarse en previsiones contenidas en el borrador del Plan Hidrológico del Júcar, que es un mero documento técnico y provisional, todavía no sometido al debate público con participación de todos los interesados.

Con independencia de si el trasvase es o no necesario y oportuno, no puede extrañar que el conocimiento del convenio haya causado en Castilla-La Mancha tanto estupor y oposición como suscitó en su día en Aragón el pretendido trasvase Ebro-Barcelona. Al contrario, lo que realmente sorprende es que, habida cuenta de los precedentes, se haya podido cometer un error jurídico tan craso.

Pero, más allá de la nulidad de este convenio, asoma un motivo de mayor preocupación. Dado que en la ordenación de los recursos hidráulicos confluyen muchos intereses distintos -baste pensar que otros posibles trasvases están llamando a la puerta (probablemente a la de la ministra)-, las soluciones que hayan de darse requieren luz y taquígrafos y exigen tener en cuenta todos los intereses en presencia, oyendo a sus valedores. Si el convenio, más que un hecho aislado, fuera manifestación de un nuevo estilo en la política hidráulica, las garantías democráticas de transparencia y participación alcanzadas en los últimos años podrían empezar a correr serio peligro.

Miguel Sánchez Morón es catedrático de Derecho Administrativo y abogado.

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