¿Actuaron los tribunales conforme a la ley?
El tribunal de primera instancia sólo tomó en cuenta una de las dos actas, la que contenía los resultados. Ignoró, por desconocimiento o por prevaricación, la que detallaba los motivos legales del rechazo de las reclamaciones del gobernante Partido Socialista Serbio y su asociado, Izquierda Unida Yugoslava. Lo normal hubiera sido devolver el caso a la Comisión Electoral. No se hizo así. En su fallo, el tribunal argumenta que en el acta no estaban todas las firmas de la Comisión Electoral. La ley obliga sólo a dos firmas en el acta que se ignoró: la del presidente de la comisión y la del notario. Este tribunal de primera instancia impidió, además, a la coalición opositora Zajedno conocer el contenido de las 450 reclamaciones y personarse como parte en el caso. Después no le informó de su fallo, con el peligro de que venciera el plazo para recurrir. Dos errores de procedimiento muy graves. El Supremo, sin embargo, ratificó la sentencia. El Constitucional no es, en este caso, competente.
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