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Los sindicatos y la CEOE están de acuerdo en indemnizar la rescisión de los contratos temporales

El diálogo sobre el mercado laboral entre los sindicatos y la patronal va lento pero con avances. Los agentes sociales han realizado ya el diagnóstico y ahora tienen que poner sobre el papel las medidas para resolver dos graves problemas: la dualidad que divide a los trabajadores fijos y eventuales y cómo crear empleo. De momento tienen claro que es necesario especificar las causas del despido objetivo, aunque discrepan si eso tiene que detallarse o no en el Estatuto de los Trabajadores. Las dos partes negocian también penalizar la contratación temporal para que las empresas usen más el empleo fijo. La vía es aplicar una indemnización cuando rescinda este tipo de contrato y una mayor cotización social.

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La negociación entre la patronal CEOE y los sindicatos UGT y CC 00 ha empezado con un largo debate, en reuniones a las que no han querido dar publicidad, para analizar los desajustes del mercado de trabajo. Fuentes de esas organizaciones aseguran que, tras unas prolongadas conversaciones, el diagnóstico está ya realizado y todo lo previo hablado. Y están dispuestos a buscar soluciones a lo que no funciona en la entrada (contratación), permanencia y salida (despido) del mercado de trabajo, una vez que cada parte ha admitido los principales argumentos del contrario.Ahora tienen que empezar a elaborar papeles. El reparto de la tarea que se ha decidido es el lógico si se tiene en cuenta la principal reivindicación de cada parte. La patronal tiene que elaborar una propuesta sobre cómo clarificar las causas del despido objetivo (indemnizado con 20 días por año trabajado), para que esa fórmula se aplique cuando la empresa tenga verdaderas razones de crisis para ajustar plantilla. Y también para que los jueces no consideren despido improcedente (indemnizado con 45 días por año trabajado) casos que no lo son. Los sindicatos se han responsabilizado de elaborar propuestas para combatir la precariedad y hacer frente a una contratación temporal que afecta al 35% de los asalariados.Se trata en suma de poner remedio a la dualidad que separa a trabajadores fijos y eventuales, y eliminar las barreras que ahora provocan que las empresas no utilicen los contratos fijos por miedo a unos despidos que, según datos de CEOE, en el 80% de los casos los jueces consideran improcedentes.

Las discrepancias mayores surgen a partir de ahí y patronal y sindicatos aún no han resuelto cuál es el instrumento. La CEOE cree necesario que el Estatuto de los Trabajadores recoja la relación de las causas para aplicar un despido objetivo. Los sindicatos, por contra, defienden que eso se debe detallar en la negociación colectiva, a través de los convenios sectoriales, porque las peculiaridades de cada sector son bien diferentes y también la definición de cuándo se produce una situación de crisis. La patronal entiende que en cualquier caso sería necesario reformar la ley porque el despido no es una materia disponible en los convenios y requeriría un cambio en la norma la inclusión en la negociación colectiva de la relación de causas del despido objetivo por razones económicas, tecnológicas, organizativas o de producción.

En materia de contratación, los empresarios comparten la preocupación de los sindicatos sobre una precariedad que ha ido en incremento desde que en 1984 se puso en marcha una contratación a la carta con 14 modalidades. En estos momentos, de los contratos registrados en el Inem, tan sólo un 4% son fijos. Una cifra que en los últimos meses ha subido ligeramente, y que durante años ha estado parada en el 3%.

Aquí los sindicatos han propuesto penalizar los contratos temporales, un argumento de momento aceptado por la patronal que ha llegado a hablar de aplicar una indemnización por despido a los contratos temporales que rescindan. Algo con lo que ahora no cuentan. Incluso los representantes de CEOE aceptan "mayores rigideces y costes de los contratos temporales si eso se equilibra con menos costes en el despido de los fijos".

Aún no se ha hablado de cifras, pero el propósito de las centrales sindicales es que a los contratos eventuales se les aplique una indemnización por despido de 20 días por ano trabajado y que cuenten con una cotización por desempleo más elevada que la de los contratos fijos.

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