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El PP cree que el órgano común vasco-navarro excede las competencias que la Constitución da a las comunidades

El Grupo Popular del Senado presentó ayer una propuesta para modificar el acuerdo que crea un órgano de colaboración permanente entre el País Vasco y Navarra debido a que considera que "contiene aspectos de pueden exceder las facultades que la Constitución confiere a las comunidades autónomas".La iniciativa, firmada por el portavoz del grupo, Pío García Escudero, es la segunda de este grupo después de que un primer intento de condicionar el acuerdo no fuera tramitado por la Mesa del Senado por considerar que no exponía razones suficientes. El objetivo del Grupo Popular es que las Cortes no den el visto bueno al acuerdo aprobado por los parlamentos de ambos gobiernos autónomos si no se introducen una serie de modificaciones en el texto.

Entre las novedades de la propuesta presentada ayer se encuentra la referencia a la posibilidad de que el órgano permanente de colaboración vasco-navarro exceda las competencias que la Constitución da a las comunidades para establecer acuerdos de cooperación. En concreto cita el artículo 145.1 del texto constitucional, que prohibe la federación entre comunidades autónomas, y señala que el acuerdo "puede conducir a la creación de un marco político común y, por tanto, a una federación encubierta".

Añade que el caracter de cooperación, junto a la inexistencia de una cláusula de denuncia de la vigencia del acuerdo, refuerza la idea anterior, "habida cuenta de que la permanencia del órgano cabría interpretarse como que desde el momento de su constitución su mantenimiento es independiente de la voluntad futura de los gobiernos y parlamentos respectivos".

El Grupo Popular señala también que el acuerdo hace referencia a las decisiones que el órgano pueda adoptar, cuya efectividad se aplicará mediante los correspondientes instrumentos jurídicos. Esa consideración significa, desde el punto de vista del Grupo Popular del Senado, que el órgano común "nace con voluntad política de atribuirse una potestad decisoria impropia de un mero órgano de cooperación".

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