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Editorial:
Editorial
Es responsabilidad del director, y expresa la opinión del diario sobre asuntos de actualidad nacional o internacional

... y la libertad de Galindo

LA EXCARCELACIÓN del general Rodríguez Galindo, acordada ayer por la Audiencia Nacional, no equivale en absoluto a una absolución anticipada. Los gravísimos cargos de inducción al secuestro y asesinato que pesan contra él persisten con la misma fuerza que antes; por ellos está procesado y de ellos tiene que responder ante la justicia. Pero, en cambio, sí supondría una condena anticipada, contradictoria con la presunción de inocencia, mantenerle en prisión preventiva sin razón suficiente y habiendo desaparecido los motivos en su día alegados para acordar dicha medida procesal de carácter excepcional. Ésas son las reglas del proceso y a ellas tienen que atenerse los tribunales de justicia. Por ello constituye una imperdonable ligereza vincular, como hicieron ayer algunos dirigentes políticos, la decisión de la Audiencia Nacional con alguna especie de lenidad o benevolencia por su parte respecto de los delitos de que es acusado Galindo.Para la Audiencia Nacional ya no existe actualmente el riesgo de que ese general obstruya la investigación sumarial haciendo desaparecer pruebas o presionando a testigos, único motivo que llevó al juez Gómez de Liaño a decretar hace más dedos meses su prisión preventiva incomunicada. Eso es todo. Y se apoya en decisiones previas del Propio Gómez de Liaño, que anuló a los pocos días la incomunicación carcelaria de Galindo, permitiéndole acceder al régimen normal. de visitas, prueba de que el instructor consideró plenamente superado ese posible riesgo.

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Como afirma con lógica la Audiencia Nacional, no se comprende cuál puede ser la eficacia de la prisión comunicada-con posibilidad de relacionarse con el exterior y de mantener visitas- para eliminar ese riesgo de obstrucción de la investigación sumarial. En estas circunstancias-, mantener hoy a Galindo en prisión preventiva no es razonable ni proporcionado. Es más, para la Audiencia Nacional supondría imponerle un castigo o una condena por anticipado, en contra de la más reciente doctrina del Tribunal Constitucional sobre la prisión preventiva.

En cambio, la Audiencia Nacional ha llegado a una conclusión distinta respecto de los tres ex guardias civiles procesados junto a Galindo en el caso Lasa-Zabala. Considera justificado que sigan en prisión preventiva al no haber desaparecido el elevado riesgo de fuga que el juez Gómez de Liaño alegó en su momento para acordarla. Lógicamente, se podrá o no estar de acuerdo con la decisión de la Audiencia. Pero no se podrá decir que carece de fundamento y que no está suficientemente argumentada. Se ha tomado a partir de un análisis de las situaciones concretas de prisión preventiva de cada uno de los procesados. Como correspondía al supuesto procesal planteado. Ante esta decisión judicial, seguramente el fiscal Rubira deberá explicar a sus superiores por qué y con qué base jurídica optó por saltarse las órdenes del fiscal general, Carlos Granados.

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