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La piedra y la mano

El Supremo condenó la semana pasada a Luis Pascual Estevill a seis años de suspensión como juez por un delito continuado de prevaricación en concurso ideal con otros dos delitos de detención iegal. La sentencia implicó su fulminante cese en la vocalía del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) para la que había sido elegido hace dos años por el Senado; la resistencia ofrecida meses atrás por algunos miembros del CGPJ (entre otros su vicepresidente y la actual ministra de Justicia) a decretar, esa remoción ha dejado paso a su obligada aceptación de la medida depuradora. Pero el mal ya estaba hecho: el órgano de gobierno de los jueces ha quedado indeleblemente manchado no sólo por la presencia de un vocal indigno sino también por esa politizada batalla librada en el pasado desde el sector del CGPJ mas cercano al PP para impedir su expulsión.Acusado de cohecho en otros sumarios pendientes de juicio, Pascual Estevill ha sido condenado ahora por haber dictado a sabiendas resoluciones injustas en septiembre de 1994 cuando hacía una sustitución en el Juzgado de Instrucción número 10 de Barcelona por vacaciones de su titular. El sancionado magistrado había admitido correctamente a trámite una querella presentada por Banesto contra seis personas por estafa y alzamiento de bienes; dicho sea de paso, el titular del juzgado sobreseería pocos meses después este sumario por falta de pruebas. A renglón seguido, Pascual Estevill aprovechó el tiempo de su suplencia: envió a la cárcel durante 52 horas a tres de los seis querellados, fijó una fianza de 25 millones, a un cuarto acusado y convirtió a dos testigos en inculpados.

La rotunda sentencia del Supremo subraya que esas diferentes decisiones reunieron las dimensiones objetiva (una resolución injusta) y subjetiva (tomada a sabiendas) propias de la prevaricación. La "claridad y evidencia" de la injusticia de las medidas cautelares adoptadas, unida a la "indiscutida competencia profesional" de Pascual Estevill, no dejan espacio para la duda: el acusado "actuó con plena conciencia" de que, al dictar esos autos, violaba las normas legales que, exigen un mínimo indicio probatorio para citar a alguien como imputado y para detener o acordar una prisión provisional. Las justificadas críticas a la levedad de la sanción (tan sólo seis años de suspensión como magistrado) impuesta a un juez que se permitió la brutalidad de enviar a la cárcel a tres ciudadanos a sabiendas de la ilegalidad de su actuación no deberían recaer sobre el Supremo, sino sobre el artículo del antiguo Código Penal que reserva la pena de privación de libertad para las detenciones ilegales por tiempo superior a un mes. Si la aplicación del nuevo Código Penal continuase permitiendo a los jueces -como parece- mostrarse tan benevolentes con sus colegas reos de detenciones ilegales, correspondería al, parlamento remendar ese feo agujero.

También es tarea de las Cámaras adoptar las medidas para garantizar que los procedimientos de elección del nuevo CGPJ, embarrancado aún en las negociaciones entre el PP y el PSOE, impidan a tiburones como Pascual Estevill deslizarse a través de las redes protectoras del ordenamiento constitucional. La propuesta, de elegir vocal del CGPJ a Pascual Estevill correspondió al CiU, en el ejercicio de un derecho no escrito autoasignado por los partidos para utilizar a su entero gusto y sin rendir cuentas a nadie la cuota obtenida en el reparto de puestos del órgano de gobierno judicial. Con extraordinario desparpajo, Pujol se ha quitado el muerto de encima para distribuir las culpas del nombramiento entre todos los grupos parlamentarios. Pero esa cínica manera de tirar la piedra y esconder la mano no puede exonerar a CiU -como señalaba ayer Miguel Angel Aguilar en estas mismas páginas- de sus responsabilidades por haber designado como candidato suyo para el CGPJ a un camastrón de turbia fama como abogado y de sospechosa conducta como juez del cuarto turno.

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