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Editorial:
Editorial
Es responsabilidad del director, y expresa la opinión del diario sobre asuntos de actualidad nacional o internacional

Un general en prisión

ENVIAR A prisión a un general es un hecho afortunadamente infrecuente. En España no se había producido desde la ya lejana intentona golpista del 23-F de 1981. Con todo, el encarcelamiento preventivo del general Rodríguez Galindo, dictado ayer por el juez de la Audiencia Nacional Javier Gómez de Liaño, debe ser examinado bajo el criterio de la igualdad de todos los ciudadanos ante la ley. El texto judicial anuncia un inminente auto de procesamiento en virtud de los testimonios acumulados hasta ahora y de unas pruebas documentales que se mantienen bajo secreto sumarial.A la luz de las informaciones que han trascendido hasta ahora sobre el secuestro, torturas y asesinato de los presuntos etarras Lasa y Zabala, parecía más que probable que la instrucción judicial condujera al procesamiento de Rodríguez Galindo, que, desde entonces y hasta su ascenso al generalato, ha sido el jefe del cuartel de la Guardia Civil de Intxaurrondo. No hay, pues, mayores sorpresas en el anuncio de su procesamiento. Otra cosa es su encarcelamiento preventivo, que tiene en sí mismo un contenido simbólico que el juez no puede ignorar y que le obliga a extremar la prudencia.

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El auto del juez establece que ha adoptado esta medida -a petición del fiscal- a fin de evitar posibles confabulaciones que dificulten la investigación o destruyan pruebas. ¿Es creíble que 13 años después de ocurridos los hechos aún se puedan destruir pruebas u organizar conspiraciones para borrar las huellas de unos hechos que se iniciaron con el secuestro de Lasa y Zabala en Bayona (Francia) a finales de 1983 para terminar con el asesinato de ambos a tiros en Alicante? Así lo creen el fiscal y, el juez, y es de esperar que en el transcurso de la instrucción pueda demostrarse fehacientemente que no estamos ante un nuevo episodio de prisión preventiva como método para ablandar al acusado y obtener un testimonio acusatorio de terceros, a ser posible de sus superiores jerárquicos. El Tribunal Constitucional sentó doctrina reciente en la materia y estableció de forma taxativa que no puede ser un método para quebrar la voluntad, del imputado.

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Los argumentos principales aducidos por el juez Gómez de Liaño para decretar la prisión preventiva contra el general Rodríguez Galindo están relacionados con un posible entorpecimiento de la investigación. ¿Cómo podría el general Galindo entorpecer hoy el sumario de forma distinta a como haya podido hacerlo durante estos 13 años?

También se argumenta que, habiéndose decidido el encarcelamiento de los guardias Dorado Villalobos y Bayo, subordinados de Galindo y acusados de ser los asesinos de Lasa y Zabala, era inevitable encarcelar también al general. No resulta tan evidente. Habría que demostrar que es idéntico el riesgo de que se sustraiga a la acción de la justicia o que obstruya la instrucción sumarial. Cuando se toman decisiones tan drásticas como meter a alguien en la cárcel sin estar condenado y mientras goza, por tanto, de su derecho a la presunción de inocencia, hacen falta argumentos más sólidos. Ni el juez Gómez de Liaño ni el fiscal del caso, Jesús Santos, los han explicitado de forma convincente.

Rodríguez Galindo es, o ha sido, un hombre clave de la lucha antiterrorista. Los crímenes de ETA no justifican los de los GAL, pero el hecho no secundario de que ETA siga matando obliga a todos los servidores del Estado a extremar su prudencia ante decisiones que pueden incidir en los mecanismos de defensa de la sociedad frente a sus ataques. La ética de la responsabilidad obliga a tener en cuenta las consecuencias de las propias decisiones, y no sólo su coherencia interna. Consecuencias río sólo por la utilización que de tales hechos pueda hacer ETA, sino sobre todo por sus efectos en las propias fuerzas de seguridad. El Estado no puede suicidarse, incluso si algunos de sus miembros han sido indignos de la confianza en ellos depositada. Y dicho esto, las investigaciones judiciales sobre los GAL deben seguir hasta el final.

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