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Los ayuntamientos logran la misma capacidad sancionadora que Tráfico

Se acaban las diferencias en el trato a los conductores. Infringir la Ley de Tráfico en las ciudades tendrá la misma penalización que hacerlo en las carreteras. El pleno del Congreso de los Diputados aprobó ayer una proposición para reformar la Ley y dotar a los ayuntamientos de competencias para regular la circulación y sancionar las irregularidades de los automovilistas como hace la autoridad del tráfico en las carreteras. Así, se podrá retirar hasta un año el carné de conducir y elevar hasta 250.000 pesetas las multas por infracciones muy graves, como no someterse a las pruebas de alcoholemia.

La reforma satisface una vieja demanda de los ayuntamientos. La legislación actual no es precisa y da pie a que la Justicia dé por bueno en una ciudad lo que en otra considera inadmisible. A las ordenanzas reguladoras de los aparcamientos (ORA, u OTA en el País Vasco), por ejemplo, algunos jueces las otorgan validez jurídica y otros no.

La proposición de Ley presentada ayer por el PSOE hacía tiempo que estaba redactada. Lo mismo que otra similar del PP antes de llegar al Gobierno. Estuvo en un tris de quedarse en la cuneta porque los populares estaban pendiente de la reunión que mantendrá el próximo martes, en Madrid, la ejecutiva de la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP) con este mismo fin. A última hora, apoyaron la iniciativa del PSOE para no retrasar la tramitación, pero asumirán el texto que apruebe la FEMP para introducirlo como una enmienda a la proposición socialista, defendida por el diputado Álvaro Cuesta.

El escrutinio arrojó 277 votos a favor y 18 abstenciones, imputables a errores de los diputados novatos que no saben manejar el teclado, porque todos se manifestaron verbalmente de modo afirmativo, informa Camilo Valdecantos.

Hasta 250.000 pesetas

Hay unanimidad en otorgar a los ayuntamientos competencias en materia de tráfico y rango de ley a la regulación de los aparcamientos por tiempo determinado, la operatividad de las grúas, las sanciones por conducir con temeridad o utilizar vehículos sin documentación en regla.Estacionarse en los carriles reservados para autobuses o bicicletas y rebasar el tiempo en un aparcamiento con horario limitado se sancionará con la misma contundencia que si se comete esa infracción en una autovía. Las modificaciones a la Ley de Tráfico amplían el listado de infracciones graves, como superar el tiempo de conducción o realizar y señalar obras en las vías sin permiso. Asimismo, se faculta a la Administración para retirar vehículos que causen perturbacíones a la circulación o al régimen de la ORA.

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Se elevan a la categoría de muy graves la conducción temeraria o no someterse a las pruebas de detección de drogas y alcohol y se incrementan de 100.000 hasta 250.000 pesetas las multas por circular con un vehículo sin matrícula o de segunda mano sin haber solicitado la transferencia del anterior propietario. Según el RACE, esta reforma es positiva en la medida que acaba con la impunidad de los compradores de vehículos que no los ponen a su nombre para evitar las multas y los impuestos.

Las faltas muy graves pueden acarrear la retirada del carné, aun en el caso de que la Justicia exonere de culpabilidad al infractor.

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