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Robar sin violencia al cónyuge no es delito

El Tribunal Supremo ha absuelto de la acusación de estafar a su esposa al abogado Gabriel Arias Salgado porque la ley señala que no pesa responsabilidad penal sobre quienes cometan "robos sin violencia" contra sus cónyuges.La Audiencia Provincial de Madrid condenó a Gabriel Arias Salgado a tres años de cárcel por falsedad mercantil y estafa a su esposa. El Supremo le absuelve de estafa, pero confirma la falsedad en documento mercantil. Arias es condenado sólo a año y medio de prisión, multa de 100.000 pesetas e inhabilitación.

Según la sentencia que en su día emitió la Audiencia, Arias, quien estaba en trámites de separación de su esposa y tenía la obligación de administrar los bienes gananciales compartidos con ella, realizó operaciones económicas con falsedades para levantar esos bienes. El Tribunal Supremo no lo niega, pero recuerda que el artículo 564 del Código Penal dice que están exentos de responsabilidad criminal y sujetos únicamente a la civil por los robos sin violencia", entre otros, los cónyuges.

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