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Tribunal Superior anula las multas de tráfico que no identifica infractor

Antonio Jiménez Barca

Dos sentencias del Tribunal Superior de justicia de Madrid han convertido en papel mojado 87 multas de tráfico que no identificaban al conductor y denunciaban a dos empresas propietarias de los vehículos mal aparcados. Como consecuencia, el Ayuntamiento de Madrid, que ha perdido el litigio, ha dejado de ingresar los casi cinco millones que andaban en juego. Los errores en las denuncias a las empresas dueñas de los coches, saltándose pasos administrativos que impedían a estas últimas defenderse, han convencido a los tribunales. El Ayuntamiento ya ha rectificado.

El concejal de Circulación y Policía Municipal, José Ignacio Echeverría, insistió ayer en que todo fue debido a "errores de procedimiento que ya no se van a repetir". "Hay una sentencia del Constitucional, del año pasado, en la que se nos autoriza a denunciar, siempre que se sigan todos los trámites, a las empresas propietarias de los vehículos", aclaró el concejal.

Las dos sentencias, una de febrero de este año y otra de diciembre del año pasado, son parecidas. Y los hechos en las que se basan, también. En la primera de ellas, la pugna legal se estableció entre el Ayuntamiento y el Comisariado Europeo del Automóvil -una sociedad que defiende los derechos de los automovilistas, especializada en recurrir multas- según Servimedia.

Esta sociedad se encargó, en 1994, de defender a una empresa que durante 1993 recibió 67 multas. En todas, el procedimiento fue el mismo: se comunicaba que un coche de su própiedad había aparcado mal. La Policía Municipal, al no encontrar al conductor en el coche, había remitido las denuncias a la empresa propietaria. Esta localización se había efectuado por medio de la matrícula.

En la denuncia se especificaba, como es de ley, que si la empresa no comunicaba al Ayuntamiento quién en concreto había aparcado mal, tendría que abonar las 10.000 pesetas de cada multa. Pese a este aviso, la empresa no comunicó nada. Y ahí es donde, según el Tribunal Superior de Justicia, el Ayuntamiento cometió el traspiés administrativo: en vez de notificar a la empresa que iba a denunciarle por no localizar al infractor, la denunció directamente, imponiéndole 50.000 pesetas más por cada infracción. La precipitación municipal tiene su importancia jurídica, pues impidió a la empresa defenderse.

"Por ejemplo", explica Eugenio de Dobrynine, jefe de los servicios jurídicos del Comisariado Europeo del Automóvil, "la empresa podría haber explicado por qué no identificábamos al infractor". Con todo, el proceso sancionador prosiguió y el dinero exigido por el Ayuntamiento se fue incrementando casi en progresión geométrica. Con los recargos por impago, la suma rozó los cuatro millones de pesetas.

La otra sentencia alude al enfrentamiento, en 1992, entre los servicios jurídicos del Ayuntamiento y la empresa Gestión Artística y Editorial, SA. En juego, 20 multas y un millón de pesetas. En este caso, se encargó de defender a la empresa el abogado Luis Fernando Abril, hermano del dueño de la compañía. También en esta, ocasión el Ayuntamiento se saltó pasos administrativos necesarios y acabó denunciando sin fundamento a la empresa propietaria del vehículo.

"Las infracciones están ahí y yo no las niego", dice Abril, quien prosigue: "Si el Ayuntamiento hubiera obrado correctamente, se habría embolsado el dinero. Sin mi ayuda, mi hermano no habría podido defenderse de la prepotencia de los abogados municipales".

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Sobre la firma

Antonio Jiménez Barca
Es reportero de EL PAÍS y escritor. Fue corresponsal en París, Lisboa y São Paulo. También subdirector de Fin de semana. Ha escrito dos novelas, 'Deudas pendientes' (Premio Novela Negra de Gijón), y 'La botella del náufrago', y un libro de no ficción ('Así fue la dictadura'), firmado junto a su compañero y amigo Pablo Ordaz.

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