Sentencia apelada
En relación con la información publicada en el diario de su digna dirección el pasado 8 de febrero ' ' en la que se da cuenta de la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia número 21 de los de Barcelona, que desestima la demanda presentada por la SGAE en reclamación de los daños y perjuicios causados por la incorporación no autorizada de la obra Cara al sol, original de Juan Tellería, en la película cinematográfica El largo invierno, producida por Tibidabo Films, SA, creemos oportuno manifestarle que la SGAE no comparte la interpretación sostenida en esa sentencia, por lo que ha sido apelada ante la Audiencia Provincial de Barcelona.Los autores son los únicos facultados para autorizar o prohibir el uso de sus obras. Este principio fundamental sólo admite las limitaciones expresamente contempladas en la ley, entre las que no se encuentra la circunstancia de que una obra sea adoptada como himno por cualquier institución pública o privada. Precisamente por ese motivo, porque nadie puede utilizar una obra musical para incorporarla a una obra audiovisual sin permiso expreso del titular de los derechos de autor, el Juzgado de Primera Instancia número 56 de Madrid dictó una sentencia de fecha 22 de enero de 1996, estimando la demanda en reclamación de los daños causados por la inclusión de la misma obra musical Cara al sol en otra obra cinematográfica titulada Por qué perdimos la guerra.-
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