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El ex portavoz de Jarrai, condenado a 8 años de cárcel por colaborar con ETA

Joseba Camilo, ex portavoz de Jarrai, fue condenado ayer EL ocho años de prisión y a una multa de un millón de pesetas por colaboración con banda armada. La sentencia fue notificada el mismo día cn que el dirigente de la citada asociación juvenil independentista cumplía 28 años. Es la segunda vez que un miembro destacado de Jarrai es condenado por colaborar con ETA. El año pasado, cuatro integrantes de los denominados grupos Y recibieron una condena de 40 años de cárcel por terrorismo, al considerar el tribunal que los incendios de una excavadora de la autovía, un vehículo de Iberdrola y una oficina de Correos perseguían la misma finalidad que ETA, "sembrar el temor y la inseguridad".

La Audiencia Nacional ha condenado también a seis años y un día de prisión y multa de medio millón de pesetas al ex delegado del sindicato LAB en San Sebastián, José Andrés Guilisagasfi Etxeberría, y a Miren Olatz Goienetxea Erauskin, por el mismo delito de colaboración con banda armada.Según la sentencia, en agosto de 1991, cuando fue desarticulado el comando Donosti de ETA y el comando legal de apoyo Ipar Haizea, dos de sus miembros lograron huir de policía. Camio ocultó en su domicilio de Pasaía Antxo (Guipúzcoa) a Iñaki Cañas, Yuyu, y al otro fugado.

Después de unos días, el ex portavoz de Jarrai contactó con José Andrés Guilisagasti, familiar lejano de Cañas, quien, sabiendo que los dos huéspedes que Camio le proponía eran miembros de ETA, aceptó ocultarlos en su casa, también en Pasaia, hasta principios de septiembre de 1991.

Pasar a Francia

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Seguidamente, Camio se puso de nuevo en contacto con Miren Olatz Goienetxea, quien igualmente accedió a ocultar durante unos días a los dos etarras en el domicilio de su padre, que en aquellas fechas se encontraba embarcado. Los dos terroristas, a través de consiguieron contactar con el aparato de mugas (fronteras) de ETA, que se encargó de pasarles a Francia.

El tribunal ha rechazado la petición de la Asociación Víctimas del Terrorismo,. que pretendía que Camio fuera condenado por pertenencia a ETA. La pertenencia a banda armada, argumenta la sentencia, se caracteriza por una actuación continua, situación que no se da en la forma dé actuar de Camío, que realizó actos esporádicos, que no tienen ninguna relación con su pertenencia a Jarrai.

Por otra parte, el fiscal jefe de la Audiencia Nacional, José Aranda, informó ayer al juez Baltasar Garzón de que debe remitir a la Sala Segunda del Tribunal Supremo el proceso que instruye sobre el vídeo de ETA, por el que se encuentra en prisión preventiva el dirigente y portavoz de la mesa nacional de HB, Jon Idígoras.

En su escrito a Garzón, el fiscal considera que el Supremo es, el órgano competente para tramitar el caso, debido a que siete de los miembros de la Mesa Nacional de HB son aforados al pertenecer a los parlamentos vasco o navarro.

Se trata de Karmelo Landa, Tasio Erkizia, Mati Iturralde, Itzíar Aizpurua y Joxe Mari Olarra, integrantes del Parlamento Vasco, y de Adolfo Araíz y Floren Aoiz, componentes de las Cortes navarras.

El fiscal considera que todos los miembros de la mesa de HB son responsables de colaboración con banda armada, al haber decidido colectivamente editar el vídeo en el que tres etarras encapuchados y armados difundían sus propuestas, así como prestar a ETA sus espacios electorales.

No obstante, el fiscal entiende que el delito excede del territorio vasco y navarro, por lo que la competencia para juzgar a los aforados corresponde al Tribunal Supremo.

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