_
_
_
_
_
Tribuna:
Tribuna
Artículos estrictamente de opinión que responden al estilo propio del autor. Estos textos de opinión han de basarse en datos verificados y ser respetuosos con las personas aunque se critiquen sus actos. Todas las tribunas de opinión de personas ajenas a la Redacción de EL PAÍS llevarán, tras la última línea, un pie de autor —por conocido que éste sea— donde se indique el cargo, título, militancia política (en su caso) u ocupación principal, o la que esté o estuvo relacionada con el tema abordado

El delito ausente

El auto de apertura del juicio oral del caso Filesa dictado por el magistrado Bacigalupo descansa sobre la narración de los hechos construida por su predecesor Barbero, pero modifica la calificación penal para buen número de implicados en esa trama de financiación irregular del PSOE. El nuevo instructor de la causa recuerda que las personas jurídicas (sean partidos, empresas o bancos) no pueden ser -en cuanto tales- sujetos de conductas criminales; también afirma que el delito de financiación ilegal o encubierta de las formaciones políticas no existe - como tipo autónomo- en nuestro ordenamiento jurídico: los tribunales sólo pueden perseguir a los directivos de los partidos y empresas mezclados en esas operaciones secretas de dinero negro si incurren, en delitos tales como el fraude fiscal, el cohecho o el falseamiento de cuentas electorales.Si a estas consideraciones generales se unen la elevación del delito fiscal a 15 millones de pesetas, la inclusión de la regularización fiscal entre las excusas absolutorias, el carácter meramente administrativo de las infracciones a la Ley de Financiación de 1987 y la redefinición de los delitos de falsedad documental por el nuevo Código Penal, no debería producir sorpresa que Bacigalupo sólo siente en el banquillo a siete de las 39 personas inculpadas anteriormente por Barbero. Ahora bien, la falta de sanción penal para una conducta reprobable no implica su absolución moral o política: el auto acepta que el PSOE se financió indirectamente con donativos empresariales disfrazados como pagos por informes inexistentes del grupo Filesa, organizado con el propósito de recaudar fondos para los socialistas al margen de los cauces legales y de los topes máximos permitidos. Bacigalupo admite la doble posibilidad de que esos hechos merezcan un juicio extrapenal condenatorio y de que la legislación vigente sea mala, insuficiente e inconveniente; los jueces, sin embargo, no pueden sino aplicar el derecho creado por el Parlamento.

La financiación irregular de los partidos no es un invento ni de los españoles ni de los socialistas: esa condenable práctica, habitual en varios países europeos, ha beneficiado a muy diferentes siglas. Durante la transición, los donativos opacos -de origen nacional o extranjero- llovieron sobre la casi totalidad de los partidos concurrentes a las lecciones. No sólo el PSOE y el PCE obtuvieron ayudas exteriores; en sus prolijas Memorias, el prudente Laureano López Rodó atribuye a una "fuente de primer orden" la información según la cual UCD recibió veinte millones de dólares "de ciertos países árabes" para los comicios de 1977. En su riguroso libro Juan Carlos, un rey para la democracia, Charles T. Powell transcribe el testimonio de Asadollah Alam, ex ministro iraní en el exilio, sobre una carta firmada por el Rey de España en junio de 1977 para solicitar diez millones de dólares al sha Reza Pahlevi en nombre "del partido político del primer ministro Suárez".

El curso posterior de los acontecimientos ha mostrado cómo la permisividad hacia los cauces irregulares de financiación partidista engendra un submundo picaresco de desvergonzados intermediarios dedicados a su particular enriquecimiento; el caso Guerra se encuadra seguramente dentro de esa categoría. Más preocupante resulta todavía la penetración de las tramas mafiosas en la vida pública a través del tráfico de dinero negro: la financiación opaca de los partidos mediante comisiones secretas pagadas por los empresarios a cambio de concesiones de obras públicas, recalificaciones de terrenos y otorgamientos de licencias suele encubrir prácticas de cohecho de difícil prueba. De acuerdo con el razonamiento del magistrado Bacigalupo, las Cortes generales nacidas de las próximas elecciones deberían asumir como tarea prioritaria la creación y severa sanción del delito de financiación ilegal de los partidos como figura autónoma para colmar así una imperdonable laguna del llamado Código Penal de la democracia.

Lo que más afecta es lo que sucede más cerca. Para no perderte nada, suscríbete.
Suscríbete

Regístrate gratis para seguir leyendo

Si tienes cuenta en EL PAÍS, puedes utilizarla para identificarte
_

Archivado En

Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
_
_