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UNA LEY HISTORICA

INCENDIO FORESTAL

5 años y 27 millones por quemar el monte

El incendio de montes o masas forestales es castigado por el nuevo Código con penas de prisión de uno a cinco años y multa de hasta 27 millones de pesetas. Tal multa podrá ampliarse hasta. 36 millones como máximo si existió peligro para la vida o integridad física de las personas, en cuyo caso el juez o tribunal puede elevar la pena de cárcel a entre 10 y 20 años.

Más información
Nace el Código Penal del siglo XXI

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