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El 'caso Roldán' provoca la dimisión de la cúpula directiva de Huarte

El consejo de administración de Huarte ha aceptado la dimisión de su presidente, Marlo Caprile; su consejero delegado, Ildefonso Aguilar, y de su director general de construcción, Manuel Carbajosa, como consecuencia de su presunta implicación en el caso Roldán. La empresa ha decidido no cubrir las vacantes producidas, por lo que las funciones las desempeñará el vicepresidente de la entidad, Joaquín Casasús, en tanto que las de consejero delegado recaerán en Rafael Fernández, actual director general.

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El caso Roldán comienza a tener las primeras repercusiones directas en el día a día de la vida de las empresas. Huarte comunicó, a primer ahora de la jornada de ayer, a, la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) el relevo en tres puestos clave de su dirección: presidente, su consejero delegado y uno de sus directores generales.Las dimisiones de Caprile, Aguilar y Carbajosa fueron aceptadas por el consejo de Huarte el pasado martes, aunque éste las admitió ad cautelam y decidió no cubrir las vacantes. En una nota difundida ayer por la empresa, se explica que la decisión del consejo se debe "a las medidas procesales adoptadas recientemente [resolución de la juez Ferter de implicar a Huarte en el caso Roldán] y con el fin exclusivo de que la sociedad no se vea perjudicada por la prohibición a que se refiere el artículo 20 de la Ley de Contratos".

Dicho artículo recoge la prohibición de contratar con el Estado a empresas cuyos representantes estén condenados mediante sentencia firme o estar procesados o acusados por delitos contra la propiedad o por delitos de cohecho. En este último caso es en el que se encuentran los tres ex altos cargos de Huarte y. los dos de la otra empresa que cita la juez Ferrer, Cubiertas y MZOV (Antonio y Manuel Messa Buxareu). Fuentes de esta empresa señalaron ayer que su equipo jurídico está trabajando en el recurso contra el auto, que no ha habido ninguna dimisión y que está estudiando la interpretación de la Ley de Contratos.

Y es que ha surgido un intens debate sobre este extremo. Ni los abogados de las empresas, ni los expertos independientes, ni la Administración tienen claro que la Ley de Contratos pueda aplicarse a Huarte y Cubiertas, (la obra pública representa más del 50% de su cartera de pedidos de ambas) puesto que tendría efecto retroactivo y eso podría considerarse anticonstitucional (contravendría el artículo 9.3 de la Constitución). En Economía se piensa que las empresas no pueden lictar mientras dure el proceso, pero no está claro si una vez dimitidos los responsables podrían hacerlo. La ley entró en vigor el pasado 8 de junio y a las empresas se les imputan hechos anteriores. El debate se centra en si lo que se debe tener en cuenta es la fecha del auto de procesamiento o la de los hechos. Otro debate es el choque entre la legislación comunitaria y la española. La primera sólo excluye de la contratación pública a los empresarios contra los que hay sentencia firme. En España sirve con un procesamiento, lo cual, según algunas interpretaciones, podría violar la presunción de inocencia.

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