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La Audiencia impone fuertes penas de cárcel y multas millonarias a los subasteros

La Audiencia de Madrid ha condenado a penas de entre 3 y 12 años y a una multa global de 1.500 millones de pesetas a los principales implicados en el clan de los subasteros (el grupo de personas que, en connivencia con funcionarios del Ministerio de Justicia, se ha dedicado durante muchos años a amañar las pujas de bienes embargados que se celebran en los juzgados de Madrid). Merced a estos chanchullos, los ahora condenados lograron quedarse a precios muy baratos miles de pisos sacados a subasta por los jueces porque sus dueños, entre otros motivos, no tenían para pagar la hipoteca. Los subasteros se quedaban los pisos para luego revenderlos a precios de mercado.Desde el pasado mes de febrero, 42 personas (15 de ellas funcionarios judiciales) han sido juzgadas por su implicación en esta trama. La Audiencia de Madrid hizo pública ayer la sentencia, que ocupa casi 300 folios. Sólo una de estas 43 personas ha sido exculpada. Las otras han sido condenadas: una a 12 años; otra, a 9; 6, a 3 años, y 3, a 3 meses de arresto. Para los demás subasteros implicados no hay penas de cárcel, pero sí deberán pagar multas millonarias (entre 10 y 211 milloñes). Si no pagan, sufrirán arrestos domiciliarios.

Los 15 funcionarios judiciales son los que mejor parados salen en la sentencia: sólo dos han sido condenados a penas de cárcel: uno, a un año; y otro, a dos meses. Ambos también han sido condenados a ocho años de inhabilitación en el cargo, mientras que a otros 13 funcionarios se les ha condenado a penas de inhabilitación que varían entre los dos y los seis años.

La Sección Sexta de la Audiencia de Madrid (que preside Pedro Javier Rodríguez González-Palacios; la misma que en el futuro juzgará los casos Roldán y Salanueva) no ha andado con paños calientes con los amañadores de pujas. En algunos casos, incluso ha ido más lejos en cuanto a penas de cárcel y multas que el fiscal, quien fijó en nueve años de cárcel la condena más elevada.

Además de las penas de prisión o multa para los subasteros, la sentencia les prohíbe que vuelvan a participar en una subasta judicial mientras dure su condena; y, paralelamente, les advierte que tampoco podrán hacerlo a través de testaferros. Se ha dado la circunstancia de que algunos de los subasteros ahora condenados han seguido participando en subastas judiciales -a través de terceras personas o empleados- durante el tiempo en que han estado en el banquillo, según fuentes jurídicas.

El tribunal dice que celebraban 'subastillas' para evitar a competidores de buena fe

Jaime Llanos Alvarado, de 54 años, y Ernesto García López, de 50, son los subasteros que aglutinan las mayores penas de cárcel. Al primero, la Audiencia le ha impuesto 12 años de presidio y el pago de una multa de 118 millones; al segundo, nueve años de cárcel y 211 millones de multa. A tres años de cárcel han sido condenados, por su lado, Eugenio y Francisco Fernández Loma, Tadeo Guitián Vidal, Antonia Pérez García, Carmen Sánchez Peña y Antonio Muño Cabezas.

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La Audiencia declara probado que entre los años 1980 y 1987, los ahora condenados "participaban por sí o a través de colaboradores" en las subastas públicas, hasta llegar a controlarlas, que se celebraban en los juzgados. Según la sentencia, utilizaban distintas y variadas artimañanas para quedarse los inmuebles sin que nadie les hiciese competencia. Luego los revendían; algunos se han hecho millonarios. Entre los ilegales chanchullos, destacaban las denominadas subastillas: "Era una puja restringida, que consistía en determinar de manera extrajudicial, bien antes, durante o tras las subasta en el juzgado o tribunal, cuál de los subasteros partícipes en la misma era el adjudicatario del objeto, y el precio a pagar por él". Es decir, se reunían fuera del juzgado (a espaldas del juez). Todos estaban informados previamente de las características de los pisos que iban a salir a subasta. Luego iban al juzgado y, sin hacerse la menor competencia, cada cual pujaba por el inmueble que previamente (en la subastilla) se había asignado.

"De esta forma", explica el tribunal, "el subastero-adjudicatario obtenía no sólo el bien subastado, sino que se garantizaba su participación en la subasta, se aseguraba el precio máximo a abonar y obtenía la garantía de que personas ajenas a los grupos de subasteros no intervendrían en ella". Cuando varios subasteros querían un mismo artículo, al final llegaban a un acuerdo. Y cabía incluso la posibilidad de que el beneficiario compensase a los otros con dinero. A veces, también se quedaban con el dinero que pedían in extremis al banco las personas cuyo piso iba a ser subastado. Les engañaban diciéndoles que no les echarían del piso si les daban una cantidad determinada.

Los tres principales delitos que atribuye el tribunal a los procesados son: maquinación para alterar el precio de las cosas, cohecho y estafa. Maquinación, porque se ponían de acuerdo entre ellos para fijar los precios, vulnerando el espíritu de una verdadera subasta. "Y si por un casual", explica el tribunal, "se presentaba en la subasta oficial un forastero", los miembros del clan pujaban y lo encarecían hasta que desistiese. Así eliminaban a advenedizos competidores; dos subasteros reconocen este ardid en una conversación telefónica intervenida por la policía. También concurre el delito de cohecho, con distintas variantes (algunos subasteros dieron dinero a funcionarios públicos para conseguir determinados favores); y el de estafa: se engañó y defraudó a personas de buena fe que invirtieron sus ahorros en la compra de un piso.

Fue la actual juez decana de Madrid, Manuela Carmena, quien, en 1987, siendo titular de un juzgado de primera instancia, activó la investigación judicial. Un juez de instrucción se hizo cargo de las pesquisas y ordenó intervenciones telefónicas y registros domiciliarios. En uno de los diálogos interceptados, dos subasteros no ocultan la existencia de amaños de pujas; y en otro (que nada tiene que ver con esta causa) hablan, entre otras cosas, de un presunto soborno a concejales socialistas del Ayuntamiento de Alcalá de Henares para la recalificación de unos terrenos por los que ellos iban a pujar.

En los registros, la policía halló agendas con nombres de funcionarios amigos de subasteros que recibieron dinero a cambio de agilizar o ralentizar determinados trámites. Nada más comenzar el juicio el pasado mes de febrero, los abogados defensores plantearon la nulidad de las actuaciones por entender que los registros y las intervenciones telefónicas se habían efectuado sin respetar la Constitución.

El tribunal difiere de esa interpretación. "Sólo hay algunos tramos de las grabaciones que son nulos", pero el resto son "válidos y lícitos" y "no contaminan" el resto de la prueba.

Respecto a las "dilaciones indebidas" esgrimidas por los abogados defensores (el juicio se ha celebrado ocho años después de iniciarse la investigación) el tribunal reconoce que, ciertamente, ha existido un importante retraso, pero lo atribuye a la gran cantidad de recursos y actuaciones judiciales que han interpuesto las 42 partes personadas en la causa.

Las penas impuestas por la Audiencia (similares a las pedidas por el fiscal) suponen el ingreso en prisión de ocho de los condenados, en concretar los que tienen penas superiores, a tres años. No obstante, el tribunal suspenderá la ejecución de la pena, en caso de que haya recursos, hasta que el Tribunal Supremo se pronuncie.

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