Sobre un incidente aduanero
En la sección Cartas al director su diario publicó hace algunas fechas, bajo el título Incidente en Alemania, la carta de un ciudadano comunitario cuya hija tuvo, al parecer, un desagradable incidente en la aduana del aeropuerto de Francfort a su llegada el 4 de febrero en vuelo' procedente de Alicante. De los hechos relatados parece deducirse que los servicios aduaneros del citado aeropuerto exigieron a la interesada el pago de 42 marcos alemanes por haber adquirido en el avión dos cartones de cigarrillos libres de impuestos. A este respecto cabe señalar que el primero de enero de 1993 se suprimieron las fronteras interiores en el seno del territorio aduanero de la Unión Europea y que, en consecuencia, desde dicha fecha la circulación de mercancías entre los Estados miembros no está sujeta, con carácter general, a controles de carácter fiscal.Es cierto que existe una limitación para las mercancías sometidas a impuestos especiales (básicamente tabacos, alcoholes y productos petrolíferos) en el sentido de que no pueden ser cétritidades ilimitadas por viajeros en las tiendas libres de impuestos. Ahora bien, con el fin de preservar el derecho de los ciudadanos a la libre circulación de sus efectos personales, el control de estos artículos debe realizarse por los propios establecimientos de venta (self control), de manera que no suministren a los viajeros cantidades superiores a las autorizadas.
Por todo lo cual, si se confirmaran los hechos denunciados en la carta de referencia, nos encontraríamos ante un abuso de la autoridad aduanera, tanto más lamentable cuanto que empaña fuertemente la percepción por los ciudadanos de las ventajas del mercado único.
Ante la gravedad de los hechos denunciados, con esta misma fecha me dirijo a las autoridades aduaneras alemanas, a fin de solicitar con urgencia las aclaraciones pertinentes.-
. Dirección General XXI, Aduana y Fiscalidad Indirecta. Comisión Europea.
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