La vía del sistema parlamentario
El concepto de responsabilidad política, en un sentido general, no difiere del concepto de responsabilidad unido a toda acción social, tanto mayor cuanto más importante es el grado de poder o de influencia del que disponemos. Los padres responden de cómo tratan a sus hijos, los profesores de cómo educan a sus discípulos, los periodistas de cómo informan a la opinión, y así sucesivamente.Dada la trascendencia de las acciones y decisiones de los investidos de autoridad o representación política, es evidente que estamos ante supuestos de especial trascendencia en cuanto a la responsabilidad. Aparte de la que corresponde a la conciencia moral de cada uno, al juicio de la opinión pública, y al pronunciamiento definitivo de la historia, es evidente que constituye una parte esencial de los arreglos constitucionales y, en definitiva, de la perfección del sistema político, el modo y manera en que se exige la responsabilidad de los hombres públicos.
En democracia, la más importante exigencia de la responsabilidad se produce en el inapelable juicio de las urnas; precisamente por ello, en circunstancias de seria crisis, debe facilitarse la consulta al pueblo, en evitación de mayores males, que pudieran afectar a la solidez de las instituciones.
Todos los sistemas constitucionales prevén la exigencia de responsabilidad criminales (como lo hace el artículo 102 de nuestra Constitución), con garantías específicas en cuanto al fuero competente, a quién puede ejercer la acusación, etcétera. Es de notar que en los sistemas presidencialistas (como el norteamericano) éste es, entre elecciones (que allí tienen plazo fijo), el único procedimiento para exigir, a la vez, responsabilidades políticas, mediante el procedimiento de impeachment; es decir, de acusación de la Cámara de Representantes ante el Senado, que se constituye en tribunal, presidido a este efecto por el presidente del Tribunal Supremo.
Ahora bien, este procedimiento (recuérdese el caso del presidente Nixon y de su vicepresidente Agnew) resulta, en la práctica, de una extrema dificultad.' Procede del viejo procedimiento británico, que en el siglo XVII llevó al cadalso a algún célebre ministro de Carlos I.
Moción de censura
La esencia del régimen parlamentario, completado con el moderno sistema de partidos políticos permanentes y organizados, ha llevado a un camino diferente. Sin mengua de la acción criminal, cuando corresponde, se estima que lo práctico es obligar al gobernante equivocado a dejar el cargo público. Para ello se ha ideado la moción de censura (artículo 13), normalmente unida a la responsabilidad política de todo el Gobierno. Ahora bien, el sistema más oficial de la moción de censura ha de combinarse con la acción de los propios partidos. El Partido Conservador británico hizo dimitir a primeros ministros de la categoría de Churchill, Eden y Thatcher, por procedimientos internos y evitando el choque constitucional.
¿Cómo se incurre en responsabilidad política, así entendida? De muchos modos, cuyo juicio corresponde, en cada caso, a unos u otros, pero siempre en medio de equivocaciones notorias, de fallos económicos y sociales, de enfrentamientos con la opinión; de mala elección de colaboradores o de incapacidad para controlarlos. Todo ello con volumen y reiteración suficiente para crear una crisis de confianza.
Aquí entramos en un terreno donde juegan la prudencia política, la experiencia probada, la memoria histórica. La diferencia entre un país de alto nivel político y otro peor dotado está en la capacidad para hacer frente a estas situaciones. La capacidad para exigir sin conflictos graves la responsabilidad política es la mejor demostración de que se tiene responsabilidad pública.
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