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EL FUTURO DE LA SEGURIDAD SOCIAL

Los partidos creen técnica y socialmente inviable aplicar en España la capitalización de pensiones

Sustituir el actual sistema de Seguridad Social por otro basado exclusivamente en protección individual privada o en capitalización, es decir, en recibir una prestación en función de la rentabilidad de lo cotizado, es "rechazable por razones sociales e inviable técnicamente". Esa es la conclusión acordada por el PSOE, PP, IU y CiU y recogida en el texto que firmaron la semana pasada en Toledo. Los grupos políticos sostienen que España tiene que garantizar en el futuro un sistema de pensiones "público, justo, equilibrado y solidario". Y, además, no se prevén problemas de financiación para conseguirlo si se introducen algunas reformas, algunas de ellas previsiblemente impopulares.La ponencia, que durante más de un año ha estudiado el modelo de Seguridad Social que ha de tener este país con la presencia en el Parlamento de más de 30 expertos, consiguió la pasada semana un pacto histórico por dos razones: destierra temores a que el sistema dé un giro total y se abandone el modelo europeo y se evita que la configuración del Estado del bienestar se convierta en arma electoral.

La protección social, a la que se puede dedicar más o menos gasto, seguirá teniendo básicamente el mismo esquema que ahora, aunque se pretenda mejorar su eficacia. Habrá tres modalidades de protección:

- Modalidad contributiva de prestaciones económicas, de carácter público y obligatorio, que constituye el núcleo esencial del sistema. Esta modalidad incluye las pensiones contributivas, previéndose la existencia de una pensión mínima, y se financia con cotizaciones sociales a través de un sistema de reparto.

- Modalidad no contributiva dirigida a quienes no cotizan y están en estado de necesidad. Se financia vía presupuestos del Estado e incluye también la asistencia sanitaria y los servicios sociales.

- Modalidad complementaria, voluntaria y privada, y nunca sustitutiva del sistema público de pensiones. Se trata de los fondos de pensiones. Estas tres modalidades, según la ponencia, forman un modelo que garantiza, entre otras cosas, la solidaridad entre generaciones y dentro de la misma generación. La ponencia prevé la necesidad de realizar reformas para afrontar retos como el envejecimiento de la población y el aumento de la esperanza de vida.

Por un parte, quienes hoy alcanzan la edad de jubilación disfrutan de casi ocho años más de esperanza de vida que quienes lo hacían hace 50 años. Por otra, el crecimiento del número de pensiones será constante. Desde este año hasta el 2000 aumentará en torno al 1,6% al año, mientras que de los años 2000 al 2020 la tasa de crecimiento estará en torno al 1% y superará esa cota a partir del 2020. Este incremento implica que aumente simétricamente el número de cotizantes. Ello requiere crecimiento sostenido para incrementar el empleo (la tasa de ocupación).

Una de las variables que hacen concebir más esperanzas para conseguir más cotizantes es el previsible aumento de la tasa de actividad (la proporción de población activa con respecto a la población total). Y ello sencillamente porque la tasa española -el 49,1%- es la más baja de la Unión Europea. "No obstante", dice el informe, "si la tasa de actividad no respondiera en los términos previstos, el número de activos podría completarse sobre la base de cotizantes procedentes de otros países".

Con todo, la ponencia cree que hay que mejorar la eficacia del sistema y para ello propone 15 recomendaciones y dice que hay que evitar los cruces de financiación entre las modalidades contributiva y asistencial.

A pesar de la progresiva pérdida de peso de las cotizaciones en los ingresos de la seguridad social en los últimos años -las cotizaciones suponen ahora el 60% de los ingresos frente al 90% a principio de los 80- todavía representan un volumen de recursos superior a los gastos que se derivarían sólo de las prestaciones contributivas.

15 recomendaciones al Ejecutivo

1. Separación y clarificación de las fuentes de financiación. La financiación de las prestaciones de naturaleza contributiva debe depender básicamente de las cotizaciones sociales y la financiación de las prestaciones no contributivas y universales (sanidad y servicios sociales, entre otras) de la imposición general.La ponencia recomienda al Gobierno que se adopten las medidas necesarias para profundizar progresivamente en la dirección de la separación de las fuentes de financiación, según la naturaleza de la protección, iniciada a partir de 1989, hasta su culminación efectiva en el menor plazo posible, quedando claramente delimitados dentro del modelo, el sistema contributivo y no contributivo.

Las cotizaciones sociales deberán ser suficientes para la cobertura de las prestaciones contributivas, para lo cual se efectuarán las previsiones necesarias para garantizar el equilibrio presente y futuro de esta parte del sistema de la Seguridad Social.

Las aportaciones del Presupuesto del Estado deberán ser suficientes para garantizar las prestaciones no contributivas, la sanidad, servicios sociales y prestaciones familiares.

2. Constitución de reservas. El sistema contributivo debe presentar presupuestos equilibrados. El sistema de pensiones precisa de la constitución de reservas que atenúen los efectos de los ciclos económicos. Por ello, en su caso, los excedentes que pudieran existir en los ejercicios presupuestarios de los momentos de bonanza deberían ser utilizados para constituir, con títulos públicos adquiridos en mercados, oficiales, fondos de equilibrio que permitan actuar en los momentos bajos del ciclo sin acudir a incrementos de las cotizaciones.

3. Mejora da bases. Las bases de cotización deberán coincidir en todos los grupos plenamente con los salarios reales, con aplicación gradual de un único tope máximo de cotización para todas las categorías laborales, que fija el techo de aseguramiento del sistema público de protección.

4. Financiación de los regímenes especiales. Modificar en lo posible la situación actual, bajo el criterio de que a igualdad de acción protectora debe ser también semejante la aportación contributiva.

5. Mejora de los mecanismos de recaudación. La ponencia recomienda proseguir los esfuerzos de mejora de los mecanismos de recaudación de las cotizaciones que posibiliten la reducción de la morosidad.

6. Simplificación e Integración de regímenes especiales. La experiencia nos demuestra que existen ciertas disfunciones en cada uno de los regímenes especiales que se apartan de los fines para los que fueron creados.

Por ello, y desde la previsión legal existente de unificación del sistema, la ponencia recomienda que se continúe en este proceso reduciendo de manera gradual el número de los actualmente existentes y logrando la plena homogeneización del sistema público de pensiones, de manera que, a medio o largo plazo, todos los trabajadores y empleados queden encuadrados o bien en el régimen de trabajadores por cuenta ajena o bien en el de trabajadores por cuenta propia.

7. Integración de la gestión. Reafirmar la eficacia gestora del sistema a través de una mayor interpretación orgánica de las funciones de afiliación, recaudación y de gestión de prestaciones que facilite nuevos avances en este ámbito.

8. Evolución de las cotizaciones. La ponencia hace suyas las recomendaciones contenidas en el Libro Blanco de Delors, relativas a la reducción de las cotizaciones sociales como elemento dinamizador del empleo, con prioridad en los trabajos de baja cualificación y en los sectores más intensivos en mano de obra. En esta línea, la ponencia estima que la aplicación de esas recomendaciones requiere que quede condicionada al mantenimiento del equilibrio financiero del sistema contributivo y que no supongan dificultades adicionales al equilibrio de las cuentas públicas.

9. Equidad y contributividad del sistema. Se propone el reforzamiento de estos principios, de manera que, sin perjuicio del criterio de solidaridad y de forma gradual, a partir de 1996 las prestaciones guarden una mayor proporcionalidad con el esfuerzo de cotización realizado, y se eviten situaciones, de falta de equidad en el reconocimiento de las mismas. Es preciso, por tanto, que las técnicas de cálculo de las pensiones contributivas permitan al máximo que quienes realizan similar esfuerzo de cotización a lo largo de su vida, alcancen beneficios equivalentes.

La ponencia estima pertinente el mantenimiento de un tope máximo de prestación en el, sistema público de Seguridad Social.

10. La edad de jubilación. Sin perjuicio de mantener la edad ordinaria de jubilación en los 65 años, resultaría muy aconsejable en términos financieros y sociales, facilitar la prolongación voluntaria de la vida activa de quienes libremente lo deseen. A tal efecto, cabe regular la exoneración total o parcial, en función de la jornada, de la obligación de cotizar en aquellos supuestos en los que el trabajador opte por permanecer en activo con suspensión proporcional del percibo de la pensión.

11. Mantenimiento del poder adquisitivo de las pensiones. Mediante la revalorización automática de las mismas, en función de la evolución del índice de precios al consumo y a través de fórmulas establecidas de contenido similar a la aplicada en el presente año.

12. Reforzar el principio de solidaridad. Reforzar el principio de solidaridad y de garantía de suficiencia, en la medida en que la situación financiera lo permita, adoptando medidas como pueden ser: la elevación de la edad máxima de permanencia en el percibo de las pensiones, de orfandad; o la mejora de las pensiones de viudedad en el caso de menores ingresos. La ponencia propone que se proceda a la regulación de la responsabilidad en orden, a las prestaciones, adecuada a la realidad actual y a las características del modeló presente en la Seguridad Social.

13. Mejora de la gestión. La ponencia manifiesta la necesidad de adoptar medidas destinadas a mejorar la gestión de las prestaciones por incapacidad temporal y por invalidez, al objeto de frenar las causas del fraude dentro del sistema público en el acceso y permanencia de las prestaciones. Entre dichas medidas tendrán prioridad el establecimiento de un calendario y de los medios humanos necesarios para el control de dicha incapacidad desde el mismo sistema.

14. Sistema complementarlo. El sistema público de la Seguridad Social debe poder complementarse, voluntariamente, por sistemas de ahorro y protección social, externos a la Seguridad Social, que tengan por objetivo me orar el nivel de prestaciones que les otorga la Seguridad Social pública.

En su regulación debe tenerse en cuenta también que estos mecanismos constituyen una importante fuente de ahorro a largo plazo, individual y colectiva.

15. Análisis y seguimiento de la evolución del sistema. Las actuales previsiones pueden alterarse significativamente en las próximas décadas. Resulta por ello del máximo interés que se utilicen instrumentos, en el Gobierno y en el Parlamento, que realicen un seguimiento y una evolución periódica de la evolución de las magnitudes que intervienen en el equilibrio financiero del sistema para operar con las intervenciones que fueran requeridas en cualquier eventualidad. Esta información se trasladará a los agentes sociales.

Se propone que el Congreso de los Diputados cada cinco años cree una ponencia que estudie el presente y futuro del sistema de Seguridad Social.

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