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El CGPJ aclara a Barrionuevo que no sanciona a los jueces como ciudadanos

El ex núnistro del Interior José Barrionuevo recibirá un escrito de la comisión disciplinaria del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) -a cuyo texto, íntegro ha tenido acceso este diario- que explica las razones en las que se funda el acuerdo de archivar la denuncia contra seis magistrados que firmaron un manifiesto sobre el caso GAL. La comisión argumenta que quedan fuera del ámbito disciplinario las conductas de los jueces "como particulares".El escrito recuerda que el artículo 416.1 de la ley orgánica del Poder Judicial (LOPJ), al clasificar las faltas en muy graves, graves y leves, se refiere sólo "a las cometidas por jueces y magistrados en el ejercicio de sus cargos". La comisión argumenta que tal precepto "claramente deja fuera de ese ámbito de responsabilidades [disciplinarias] las conductas que jueces y magistrados puedan tener como ciudadanos particulares".

La denuncia de Barrionuevo invocó el artículo 418.3 de la LOPJ, que califica como falta grave "dirigir a los poderes, autoridades o funcionarios públicos o corporaciones oficiales felicitaciones o censuras por sus actos, invocando la condición de juez" o sirviéndose de ella. El denunciante señaló que en el manifiesto figuraba la condición de magistrados de los firmantes, y que en él se recordaba que declaró en juicio, siendo ministro del Interior, que los hoy condenados por el caso GAL José Amedo y Michel Domínguez eran "policías ejemplares".

"Tema sobresaliente"

La comisión disciplinaria razona que los hechos denunciados "consisten en haber dado su apoyo a un manifiesto de opinión (...) sobre una situación que, (...) en ese momento, se había convertido en el tema sobresaliente de la opinión pública nacional". Recuerda que tal manifiesto fue firmado no sólo por los denunciados y que de todos los firmantes se expresaba su profesión, "no porque actuaran en el ejercicio de la misma, sino con el claro designio", explica, "de identificar a los firmantes y que quedara evidenciado que el apoyo provenía de variados sectores del cuerpo social".

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El escrito señala que, según esta doctrina, "se impone la conclusión de que los hechos denunciados no son constitutivos de infracción disciplinaria alguna, por lo que procede acordar el archivo de la denuncia".

El documento precisa que la decisión fue tomada por mayoría, formada por José Antonio Zarzalejos -presidente de la comisión-, José Antonio García Caridad -ponente-, Antonio Marín Rico y José Juan Dávila. Antonio Robles Acera se abstuvo, por estimar que no se había esclarecido si los firmantes "invocaban o no su condición de magistrados".

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