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Hacienda liquida ocho actas por 'primas únicas' de La Caíxa y le exige el pago de 39.033 millones

Hacienda notificó ayer a La Caixa ocho actas de la inspección fiscal por un total de 39.033 millones de pesetas por operaciones efectuadas a través de las denominadas primas únicas. La deuda reclamada incluye las retenciones no practicadas en estos productos durante los años 1986 a 1989 más los intereses de demora. Aunque la inspección había propuesto sanciones del 150% de la cuota supuestamente defraudada (60.000 millones de pesetas en total), las actas notificadas ayer no incluyen finalmente esta penalización. Según Hacienda, no ha existido intención de defraudar.

Con la liquidación de las actas, Hacienda culmina un proceso empantanado durante años. Desde que se descubrió este sin gular refugio de dinero negro -un depósito bancario más o menos ligado a un contrato de seguro- a principios de los no venta, Hacienda no ha sido ca paz hasta ayer de resolver el grueso del asunto. Es decir, si se daba firmeza a las actas de inspección provisionalmente abiertas en enero de 1992 con tra L a Caixa, la entidad pionera y más activa en las primas únicas. De los 1,77 billones que se llegaron a captar en el año de mayor auge - 1988- La Caixa tenía 1,1 billones. El secretario de Estado de Hacienda, Enrique Martínez Robles, explica estas dilaciones por "la complejidad técnica desde el punto de vista jurídico tributario". El trabajo de la inspección terminó en enero de 1992 y su resultado fue un in forme de unos 500 fólios donde se proponía el levantamiento de ocho actas por las llamadas libretas 2.000 y otras dos por las KD- UK, por un total de 160.000 millones de pesetas.

A las libretas KD-UK correspondía una cuota de 16.000 millones de pesetas y una san ción de 21.860 millones. Una de las actas englobaba las cuotas y llegó a liquidarse con la conformidad de La Caixa. La segunda, que incluia las sanciones, está pendiente de hacerse firme porque la entidad la rechazó.

El procedimiento que se si gue es que la inspección levanta el acta y la comunica al interesado. Si éste firma en conformidad afronta el pago de la deuda pero, si no la acepta, tiene quince días para presentar alegaciones ante, en este caso, el jefe de la Oficina Nacional de Inspección. Los inspectores por su parte, deben presentar un informe complementario. Al final, el inspector jefe de la ONI es quien debe o no elevar esas actas a definitivas y proceder o no a su liquidación.Resoluciones contradictoriasEs el caso de las ocho actas correspondientes a las libretas 2.000 que han tenido que esperar casi tres años para elevarse a definitivas. El problema, además de lo abultado de la multa propuesta por la inspección y de tratarse de una de las entidades financieras con mayor peso, es que hay una divergencia histórica dentro del propio ministerio. Los inspectores de Hacienda mantienen que se trata de productos financieros disfrazados de un contrato de seguro para eludir la retención del 25% obligatoria para cualquier renta del capital. Por el contrario, una resolución de la dirección general de Seguros de enero de 1991 permitió la comercialización de estos productos como seguros aunque "sin perjucio de su calificación a efectos tributarios".Ésta es la razón por la cual Hacienda ha decidido notificar ayer a La Caixa las ocho actas por un total de 39.033 millones de pesetas -cuotas más intereses- y renunciar a las sanciones. Martínez Robles explica que "los servicios técnicos de la inspección no han apreciado intención de defraudar"; dicho de otra forma, que La Caixa obtuvo autorización de la dirección general de Seguros para comercializar estos productos y que, por tanto, puede tener cubiertas las espaldas desde este punto de vista.El director general de La Caixa, Josep Vilarasau, manifestó ayer que no estaba conforme con las liquidaciones practicadas por Hacienda que serán recurridas por la entidad. Vilarasau se apoya en varias re soluciones de la propia Admin sitración para argumentar su defensa. Cita una orden ante rior de la Dirección General de Seguros (julio de 1986) que considera adecuadas las opera ciones efectuadas por la entidad, excepto las KD-UK.

También se ampara en otra resolución de la Dirección General de Tributos de la que se desprende que la inspección se equivoca al decir que las citadas operaciones no son seguros, porque las resoluciones -como la citada de la Dirección General de Segurosobligan a toda la Administración. Añade que tampoco se ha podido probar que las relaciones entre La Caixa y sus clientes fueran diferentes a las de una operación de seguros.Finalmente La Caixa esgrime una resolución de la Abogacía dé Estado de junio de 1992 que también sostiene que las operaciones efectuadas por la entidad de ahorro en esta materia son auténticos contratos de seguro. La Caixa ya obtuvo una resolución favorable por parte de la Audiencia Nacional en mayo de 1993 para un producto más, las libretas PTI, que Hacienda no ha recurrido. La solución dada ayer señala, por otra parte, el camino que se seguirá con otras entidádes aseguradoras ligadas en su mayoría a los grandes bancos que también tienen pendientes actas con Hacienda por primas únicas. Se trata de Euroseguros, La Unión y el Fénix, La Estrella, Banco Vitalicio, Cenit, Plus Ultra, Caser, UAP y Uniseguros. La cantidad total en litigio ronda los 60.000 millones de pesetas.

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