El Tribunal Europeo condena a Españapor excederse con la prisión preventiva
España deberá Indemnizar a tres ciudadanos por los daños morales que sufrieron al permanecer excesivo tiempo en prisión preventiva, según ha acordado la Comisión de Derechos Humanos -institución encargada de solventar los conflictos por violaciones de la Convención de Derechos Humanos que no son planteados como demanda ante el Tribunal de Estrasburgo- La resolución critica duramente la prolongación de la prisión preventiva porque considera que de esa forma se convierte en una pena anticipada.El Estado deberá pagar 230.000 pesetas a cada una de las tres personas que fueron detenidas y encarceladas en julio de 1988 en una operación durante la cual halló un alijo de 17.000 kilos de hachís en una cala de Lloret (Selva). Quienes deberán ser indemnizados son Nicolau Morell, Josep Brossa y Lluís Bosch, que cuando fueron condenados por la Audiencia Nacional a penas de cuatro años y dos meses ya las habían cumplido con exceso como presos preventivos, si se toman en consideración los beneficios penitenciarios que cualquier condenado tiene. El exceso no fue de poco tiempo: uno de ellos cumplió 915 días de más, otro 1.050 y el tercero 415.
El Estado se defendió en la demanda alegando la gravedad del delito y la difícil instrucción sumarial. Frente al argumento de la dificultad, la comisión apunta que las diligencias respecto a los tres estuvieron paralizadas durante mucho tiempo. La resolución critica que la justicia española negara la libertad de los tres demandantes por dar "primacía a la preocupación de preservar el orden público y la alarma social causada por ese tipo de delitos". Sin embargo, se rechaza indemnizarlos por daños materiales.
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