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Berlusconi se propone retrasar las jubilaciones y reducir otras pensiones

Retrasar las jubilaciones, reformando, sobre todo, el generoso sistema de retiro anticipado de que gozan los italianos, e introducir "criterios de graduación" de las pensiones de viudedad son, junto a otras normas que ponen en cuestión el mantenimiento de la pensión mínima, las líneas maestras del plan de reestructuración de la previsión social que el Gobierno de Silvio Berlusconi entregó ayer a los sindicatos.Estos consideraron inmediatamente que la proyectada reforma no garantiza sus demandas mínimas. En concreto, el plan de Berlusconi, formulado sólo en líneas generales para que el Parlamento delegue en el Gobierno los poderes adecuados a fin de que desarrolle los consiguientes decretos, propone acelerar los plazos ya previstos en 1992 por el Gobierno de Giuliano Amato para elevar la edad de jubilación de los 56 actuales a los 60, en el caso de las mujeres, y de los 61 años a los 65, para los hombres.

Pero el proyecto prevé, sobre todo, la reducción radical del sistema de jubilaciones anticipadas por dos caminos: equiparando en 35 años el periodo de cotización requerido para lograrla tanto en el sector público como en el privado, y reduciendo la pensión del que se jubila antes de tiempo, en proporción al adelanto.

Todos los empleados del Estado, incluídos los enseñantes y los trabajadores de empresas autónomas como Alitalia, la compañía de bandera para el transporte aéreo, pueden jubilarse actualmente en Italia tras haber cotizado durante sólo 15 años, y sin merma alguna de los derechos que les hubieran correspondido en el caso de llegar a la edad límite.

Tras prever la citada "homogeneización" de los "regímenes obligatorios de los sectores Públicos y privados" a todos los efectos, el plan que ha propuesto el Gobierno, aún garantizando "la permanencia del requisito de los 35 años de cotización previstos por la régimen general obligatorio para el logro de la pensión de ancianidad", promete modificar las reglas de cálculo del importe de las pensiones así obtenidas "teniendo en cuenta criterios de equivalencia actualizada según la edad de la jubilación".

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