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Incendios forestales y parques naturales

Frecuentes noticias en los medios de comunicación dejan patente, año tras ano, una clara relación entre declaración y gestión de parques naturales e incendios forestales. Esta relación se ha señalado públicamente varias veces, destacando entre ellas el informe de la ponencia designada en el seno de la comisión de Agricultura y Pesca del Senado sobre incendios forestales de marzo de 1993.Se puede hablar del posible origen de los conflictos con las poblaciones de las zonas rurales afectadas por una declaración de parque natural, analizando tres niveles: el legal, el político y el administrativo. Aunque esta separación no es real -los tres niveles son el mismo para los afectados-, la usaremos para acentuar los distintos aspectos que en el asunto influyen.

En el nivel legal, la legislación básica del Estado en materia de Espacios Naturales Protegidos (Ley,4 / 1989) establece que la declaración y gestión de los parques naturales corresponde a las comunidades autónomas en cuyo ámbito territoriale se encuentren ubicados, y que la declaración de un espacio como protegido lleva aparejada la de utilidad pública, a efectos expropiatorios de los bienes y derechos afectados. La vigente ley cambia el régimen jurídico de la propiedad de los terrenos sin hacer ninguna referencia a indemnizaciones a las personas o a las comunidades afectadas, lo que, sin embargo, sí se recogía en la derogada Ley 15 / 1975, pues exigía que, en los. regímenes de protección de los espacios naturales, cualquier forma de privación singular de la propiedad privada o de derechos o intereses patrimoniales legítimos fuera objeto de indemnización.

La actual legislación cimenta la protección de espacios naturales en el patrimonio de los habitantes de las zonas rurales, a quienes se les desposee del derecho a gestionar sus propiedades privadas y mancomunadas, que pasan a manos de la Administración autonómica, sin contrapartida, compensación o indemnización ninguna. Este expolio legal constituye la causa más grave (causa insoluble, si no se cambia la legislación básica del Estado) de los conflictos que surgen con la declaración de parque natural. Y es especialmente injusto cuando se aplica a poblaciones que han cuidado con acierto sus bosques y pastos durante siglos.

La vigente legislación básica alienta tanto los afanes verdes propagandísticos de algunos políticos, como las imposiciones de algunos funcionarios de la Administración autonómica, pues son conscientes unos y otros, del respaldo legal que sus actuaciones, acertadas o no, tienen.

En el nivel político, lo que los políticos autonómicos más valoran de la figura legal "parque natural" es su utilidad propagandística. El 22 de octubre de 1984 en el, diario EL PMS, Rafael Sánchez Ferlosio en su artículo: La cultura, ese invento del Gobierno decía acertadamente: "La cultura quedará cada vez más exclusivamente concentrada en la pura celebración del acto cultural, o sea, identificada con la estricta presentación propagandística... ". Cambien ustedes en esa frase cultura y acto cultural por "conservación de la naturaleza" y "declaración de parque natural" respectivamente, y verán cómo cobra sentido la frase en el tema que tratamos de analizar. Al igual que le ocurre a la cultura, "la conservación de la naturaleza" ve sustituido su sentido y su contenido por su propia campana de promoción publicitaria y, en ella, la palabra parque es emblemática.

La declaración de parque le sale gratis al político, porque la paga el patrimonio de los habitantes de las zonas rurales, y le permite darse un baño publicitario de ecologismo sin problemas presupuestarios. Se percibe un futuro negro para las zonas ya declaradas, pues se habla de la privatización de la gestión de los parques naturales. Esto, además de constituir un fraude a la filosofía de la Ley 4/89, demuestra que la idea de que la actuación en política consiste en hacer negocios, hoy impregna incluso la política de protección de la naturaleza. Los habitantes de las zonas rurales, desposeídos de su derecho a gestionar sus bosques y pastos, verán que éstos son entregados a sociedades mercantiles.

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En el nivel administrativo, si continuamos estableciendo un paralelismo entre el análisis de Sánchez Ferlosio sobre la cultura y nuestra crítica a la "conservación de la naturaleza", con sus acertadas expresiones, puede decirse que, aparte de la palmaria influencia del espíritu de la publicidad, en el origen de la pasión por las declaraciones de parque natural está la motivación interna del meritoriaje burocrático. Este nivel administrativo, el menos importante de los tres, es el que más atención ha recibido hasta hoy, pues en él parecen más evidentes los conflictos y sus causas. Las imposiciones de la Administración medioambiental suelen ir desde crear reservas para osos, que se importarán de Checoslovaquia, en zonas tradicionales de pastos, hasta la prohibición del aprovechamiento tradicional de leñas donde incluso estaría técnicamente aconsejado.

Al margen de lo dicho, hay dos factores que inciden en la relación parque-incendio: uno proviene de lanzar a disfrutar de la naturaleza a los habitantes de las ciudades, que han perdido, en su mayoría, el sentido de lo que es el uso, cuidado y disfrute de los montes; otro proviene del deterioro de los servicios forestales de las comunidades autónomas, sustituidos hoy por publicitarias agencias medioambientales que confunden los inexistentes bosques vírgenes autóctonos naturales de los folletos publicitarios, con bosques abandonados sin gestión ni cuidado alguno.

Al igual que un objetivo bienintencionado como es repoblar un monte, planificado desde la torpeza y la imposición ha generado muchos incendios forestales en nuestro país, otro objetivo bienintencionado como es proteger espacios naturales, planificado sobre las bases legales y las actuaciones político-administrativas hoy en uso, se va a convertir en una lamentable fuente de destrucción de los espacios que se pretende proteger con tanto desacierto.

Aunque se extreme la prudencia en las actuaciones políticas y administrativas en los parques, el grave conflicto legal subyacente hará que no desaparezcan los incendios de los parques naturales. Es previsible un empeoramiento de la situación actual cuando más afectados perciban la trascendencia legal de una declaración de parque. Aunque se hagan grandes esfuerzos en tareas de prevención y extinción de incendios por parte de las comunidades autónomas, con la ayuda del Icona, muchos serán inútiles si no se modifica el vigente marco legal y si no se fundamenta la protección de la naturaleza en el respeto a los derechos individuales y colectivos de los habitantes de, las zonas rurales, derechos que hoy injustamente se vulneran.

María Victoria Erviti Anaut y José Joaquin Erviti Anaut son ingenieros de Montes.

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