_
_
_
_
EL EXPEDIENTE DE BANESTO.

El Banco de España acusa a Conde de operaciones fraudulentas

Sociedades vinculadas al ex presidente se beneficiaron de negocios del banco, según la autoridad monetaria

Banesto realizó actos fraudulentos y utilizó personas interpuestas en beneficio de sociedades vinculadas a Mario Conde y de los anteriores ex gestores del banco, según destaca el pliego de cargos del expediente sancionador abierto por el Banco de España a los ex administradores de Banesto. EL PAÍS ha tenido acceso a este expediente sancionador, que ha sido instruido por José Manuel Díaz Gómez.En el expediente se destaca que una de las operaciones del grupo de sociedades Euman-Valyser, vinculadas con el expresidente del banco, Mario Conde, facilitó a la citada empresa beneficios de 3.800 millones de pesetas, acompañadas de pérdidas a la Corporación Industrial por 3.945 millones. Estos números rojos se disfrazaron mediante una "revalorización artificial".

Más información
Beneficios irregulares en el grupo Oasis

Otra operación parecida en la que participó Valyser es la compraventa de Promociones Hoteleras, propietaria de un edificio en la calle Fernando el Santo, de Madrid.

El punto quinto del pliego de cargos se ocupa de hechos "relativos a la realización de actos fraudulentos y la utilización de personas interpuestas".

Aquí, el expediente del Banco de España destaca las operaciones de Euman-Valiser, que define como "un grupo de sociedades en las que existen vinculaciones entre este grupo y el ex presidente de Banesto, señor Conde".

El pliego acusa a los ex administradores de Banesto de haber facilitado a Valyser la realización de una plusvalía de 3.800 millones de pesetas con un paquete del 40% del capital de la empresa de montajes eléctricos e industriales Isolux Watt, entre 1990 y 1993. Isolux Watt salió de la Corporación Industrial por 600 millones de pesetas y "regresó" por 4.545 millones.

El expediente, al que ha tenido acceso este diario, también describe la compra, por parte de Valyser, de la sociedad Promociones Hoteleras, junto con Asni Investments y el abogado de Banesto y de Mario Conde, Mariano Gómez de Liaño. Dicha sociedad era propietaria de un edificio en la calle Fernando el Santo de Madrid, que fue traspasado mediante una opción de compra a la Corporación y, más tarde, en 1991, figuraba como sociedad dependiente de la aseguradora la Unión y el Fénix.

Termina el plazo

El pliego de cargos fue entregado el pasado 10 de mayo a Banesto, a sus ex administradores y a cuatro directores generales. El plazo para contestar es de un mes, que vence el próximo viernes, día 10 de junio.

El letrado instructor del banco emisor, José Manuel Díaz Gómez, señala, en la introducción, que los hechos "se imputan a todos y cada uno de los expedientados como presuntos responsables -conforme al mandato del acuerdo de incoación del expediente- sin que ello implique atribución de juicio definitivo de culpabilidad".

El instructor formula seis cargos contra Banesto y los responsables de su gestión hasta el 28 de diciembre de 1993:

1.- Dotación insuficiente de las provisiones para insolvencias de créditos y fluctuación de valores.

2.- Llevanza de la contabilidad con irregularidades esenciales, que impedían conocer la situación patrimonial y financiera de la entidad expedientada.

3.- Insuficiente cobertura del coeficiente de recursos propios.

4.- Incumplimiento de normas vigentes sobre límites de riesgos.

5.- Realización de actos fraudulentos y utilización de personas interpuestas.

6.- Obstrucción a la labor inspectora.

El punto quinto del pliego de cargos reseña "una serie de operaciones en las que se advierte permeabilidad entre los patrimonios de sociedades del grupo Banesto y los patrimonios de sociedades vinculadas a personas que formaban, o habían formado, parte del anterior consejo de administración de Banesto".

Permeabilidad

El escrito destaca los siguientes ejemplos de "permeabilidad" al abordar el llamado grupo Euman-Valyser, definido como "un grupo de sociedades en las que existen vinculaciones entre este grupo y el ex-presidente de Banesto, señor Conde".

"La persona que aparece como administrador único de Euman y como presidente de Valyser es Eugenio Martínez Jiménez, que también figura como apoderado de General Medical Merate España, sociedad perteneciente a Zenith 88, firma italiana en la que Mario Conde participa al menos en un 40% de su capital, siendo el otro accionista principal, con otro 40%, Massimo Sordi, presidente de Banesto Gruppo Finanziario al menos desde 1991 ".

"Mario Conde posee o ha poseído participaciones en sociedades que hoy forman parte de este grupo: en particular en Inversiones Puerto Moral y en Inversiones del Condado. El presidente de esta última es Mariano Gómez de Liaño, que fue accionista de Promociones Hoteleras, como más adelante se comenta. Asimismo, Mariano Gómez de Liaño aparece en los expedientes acreditados de otra entidad bancaria como representante de tres sociedades pertenecientes a Mario Conde".

"Los riesgos que mantenía Valyser en dicha entidad bancaria tenían la garantía de una comfort-letter de Asebur Inversiones, en la que esta sociedad responde de la solvencia de Valyser. Por su parte, Asebur Inversiones era una sociedad participada mayoritariamente por Mario Conde". Se trató de un aval para el Banco de Progreso en un préstamo de 450 millones de pesetas a Valyser.

Las dos operaciones en las que el letrado instructor, basándose en el informe de la inspección bancaria del 31 de enero de 1994, advierte de la creación de plusvalías fuera del grupo Banesto son las de Isolux Watt y Promociones Hoteleras.

El relato del instructor es el siguiente:

Corporación Industrial vende, en julio de 1990, a Valyser -por 600 millones de pesetas- el 40% de la sociedad Isolux Watt, que había sido saneada previamente por Corporación Industrial con 2.022 millones de pesetas.

En enero de 1992, Valyser vende el 10% de Isolux Watt a Portland Iberia, (entonces perteneciente al grupo Banesto) por 1.100 millones de pesetas. Tras la venta a Cemex del grupo Cementero Sanson (del que formaba parte Portland Iberia), la participación de Isolux Watt fue adquirida por la Corporación Industrial por 966 millones de pesetas.

En enero de 1993, Valyser vende el restante 30% de Isolux Watt a Ibiser por 3.300 millones de pesetas. Seguidamente, Ibiser vende dicha participación al grupo alemán Metallgesellschaft.

Pasa a la página 52

Viene de la página 51

Para el pago de estas acciones de Isolux Watt, el Banco Alemán Transatlántico concedió un crédito al grupo alemán, que actuaba como fiduciario. El grupo alemán Metallgesellschaft tenía una opción de venta de las acciones Isolux Watt a Corporación por 3.700 millones de pesetas, avalada por Bank of America.

Esta opción podía ser ejecutada antes del 15 de septiembre de 1993. El 21 de julio de 1993, Corporación recompró la participación por 3.576 millones de pesetas. Por tanto, Valyser, entre julio 1990 y enero de 1993, obtiene un beneficio de 3.800 millones de pesetas por la compra y posterior venta del 40% de capital de Isolux Watt.

Mientras tanto, la Corporación revaloriza artificialmente su participación en Isolux Watt en 3.945 millones de pesetas (vende el 40% de Isolux Watt por 600 millones de pesetas, y lo recompra por 4.545 millones de pesetas).

Promociones hoteleras

La segunda operación descrita en el pliego de cargos del expediente sancionador abierto por el Banco de España referente a Valyser es la de Promociones Hoteleras.

He aquí como narra el escrito la transacción:

Promociones Hoteleras S A compra en 1987, por 215 millones de pesetas, un edificio en Fernando el Santo 12 y 14 de Madrid.

En julio de 1990, Valyser adquiere el 48,55% de Promociones Hoteleras, y Asni Investments junto con Mariano Gómez de Liaño compran el 47% restante, con afianzamiento de Valyser.

Todas las cantidades aplazadas por estas compras están avaladas por Bandesco, filial del Banco Español de Crédito.

Las acciones fueron compradas a un grupo de sociedades en la órbita del Banc Catalá de Crédit, que entonces era filial de Banesto.

En el mes de noviembre de 1990, Corporación firma un contrato de arrendamiento con opción de compra sobre el edificio, cuyo precio oscila entre 2.700 millones y 4.459 millones de pesetas, en función del momento en que fuese ejercitada, nunca más tarde de 1995.

Al mismo tiempo, Corporación pagó una prima, por esta opción, de 130 millones de pesetas y se hizo cargo de los gastos de rehabilitación del edificio. Hasta el 30 de noviembre de 1992, Corporación había pagado por estos conceptos (prima y gastos de rehabilitación) 765 millones de pesetas.

En la memoria de La Unión y el Fénix de 1991 aparece Promociones Hoteleras, S A como sociedad dependiente de aquélla, con un valor contable de 3.218 millones de pesetas y un participación indirecta del 100%.

No se conoce exactamente el precio pagado por La Unión y el Fénix, lo que, unido a la dificultad para conseguir datos fiables de las sociedades Vendedoras, hace que no se pueda evaluar con exactitud el beneficio obtenido por éstas en la citada venta.

Además, el trasfondo económico de la operación es poco claro, ya que, junto con las cantidades pagadas por Corporación a fondo perdido, el grupo Banesto ya tenía una opción de compra, que vence en 1995, sobre el inmueble, principal activo de la sociedad adquirida.

Abanico de sanciones

Las infracciones son calificadas, según los capítulos como "muy graves" y "graves". Las sanciones por las primeras infracciones aplicadas a los ex administradores pueden ser: multas a cada uno por un importe no superior a 10 millones de pesetas; suspensión en el ejercicio del cargo por plazo no superior a tres años; separación del cargo, con inhabilitación para ejercer cargos de administración o dirección en la misma entidad de crédito por un plazo máximo de cinco años; y separación del cargo, con inhabilitación para ejercer cargos de administración o dirección en cualquier entidad de crédito, por un plazo máximo de diez años.Las sanciones previstas para infracciones "graves" cometidas por los ex administradores son una amonestación privada, amonestación pública, multa a cada uno de ellos por importe no superior a cinco millones de pesetas y suspensión temporal en el cargo por plazo no superior a un año.

Las sanciones por infracciones "muy graves" deben ser impuestas por el Ministerio de Economía y Hacienda, mientras que corresponde al Banco de España imponer las tipificadas como "graves".

Regístrate gratis para seguir leyendo

Si tienes cuenta en EL PAÍS, puedes utilizarla para identificarte
_

Archivado En

Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
_
_