La orden sobre transparencia de hipotecas entrará en vigor en agosto
La orden ministerial sobre transparencia de las condiciones financieras de los créditos hipotecarios se aplicará a los préstamos cuyo importe no supere los 25 millones de pesetas y entrará en vigor dentro de tres meses para que las entidades dispongan de un tiempo de adaptación.
Según establece la orden, publicada ayer en el Boletín Oficial del Estado, las entidades de crédito deberán facilitar a los clientes un folleto informativo que resuma las características de su préstamos, y si lo exigen, una oferta vinculante sobre estas condiciones con un plazo mínimo de validez de 10 días para que les dé tiempo a compararlas con las de otras entidades.
El contrato de préstamo que elija el solicitante deberá disponer de unas claúsulas financieras estandarizadas" y al menos durante los tres días anteriores a la firma, podrá ser consultado por el cliente con un notario quien habrá de asesorarle sobre el significado del texto y comprobar que se corresponde con las condiciones de la oferta vinculante.
La orden ministerial prevé que el Banco de España apruebe una circular en la que defina un conjunto de tipos de interés de referencia aplicables a los préstamos hipotecarios a interés variable cuya utilización no será obligatoria pero se verá favorecida por la nueva norma.
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