Bertrán de Caralt, condenado a seis años de cárcel y a pagar 1.200 millones por delito fiscal
José Felipe Bertrán de Caralt, una de las principales fortunas del país, ha sido condenado por la Audiencia de Barcelona a seis años de cárcel por un delito fiscal y a pagar casi 1.200 millones de pesetas como multa e indemnización a Hacienda. A Bertrán se le condena por haber realizado inversiones de cerca de 2.000 millones de pesetas -con DNI falsos- y no haberlas declarado al fisco. Todo el entramado era un velo y "detrás del velo se encuentra una persona física", afirma el tribunal, que condena a los otros nueve acusados a penas de entre ocho años y cuatro meses de arresto. Es la sentencia más dura en España por delito fiscal.
El tribunal de la Sección Novena no ha ordenado el ingreso en prisión de Bertrán de Caralt ni de Timoteo Ramírez, un empleado suyo condenado a seis años por ser cooperador necesario del delito fiscal y a otra pena de dos años por falsedad en documento. El recurso que se planteará ante el Supremo y el hecho de que han cumplido con la obligación de presentarse ante la justicia justifican que no se haya ordenado el ingreso en prisión. Los dos estuvieron en la Modelo en prisión provisional.El mismo criterio de que la mecánica del fraude partió de la utilización de DNI falsos ha sido compartido por el tribunal, el magistrado instructor, Luis Pascual Estevill, y la fiscalía, que presentó la querella hace algo más de un año. "Ramírez, con conocimiento y en connivencia con Bertrán de Caralt, ejecutó un plan para ocultar a Hacienda parte del patrimonio de Bertrán de Caralt", sostiene el fallo. Así, las inversiones en letras del Tesoro las realizaba Ramírez, "que se hizo con fotocopias del DNI de personas que nada tenían que ver con las operaciones, alterándose incluso algunos datos identificativos". Un error en la utilización de los DNI, el de un pescador de Huelva, destapó el caso.
Las inversiones se llevaban a cabo con los DNI y un documento de orden con el mismo nombre y firma falsos. La documentación era aportada a los intermediarios financieros y bancos que realizaban las inversiones y desinversiones. Los intermediarios: Ramón Miquel Girabet, Manuel Carreras, Fracisco Javier Rodríguez Elola, Antonio Sagnier Bassas, Francisco Soler Manzano, Isidoro García Jiménez y César Martínez López han sido condenados, cada uno de ellos, a cuatro meses de arresto por imprudencia.
Los magistrados entienden que no obraron con el debido cuidado al no comprobar la documentación, pero también creen que era una práctica extendida en aquella época. Los jueces consideran que la falta de rigor de los intermediarios estuvo motivada, en parte, por el "considerable poder económico" del condenado.
La sentencia analiza más de una cincuentena de inversiones y desinversiones. En total, entre, 1988 y 1989 se invirtieron más de 2.000 millones de pesetas.
Levantar el velo
Parte de las desinversiones se apuntaban en cuentas internas bancarias con anotaciones de empresas del Grupo Bertrán. Por ello, los jueces creen que en derecho penal es aplicable una teoría del derecho civil: la del levantamiento del velo. El velo oculta bajo una aparente persona jurídica a una persona física. Y el tribunal entiende que el entramado de más de 40 sociedades vinculadas al Grupo Bertrán -en las que Bertrán de Caralt era, en ocasiones, apoderado, administrador o socio mayoritario- utilizadas para algunas de las inversiones ocultadas a Hacienda era la pantalla para esconder al inversor. La sentencia reconoce que en el proceso no hay una prueba directa que demuestre que el dinero invertido sea de Bertrán, pero el fallo sostiene la suficiencia de los indicios. Es decir, que entre el hecho probado -inversiones con DNI falsos- y el que se debe acreditar -que el inversor real era Bertrán de Caralt- "exista un proceso deductivo lógico y racional". El tribunal sostiene que la deducción existe, como lo demuestra la relación de dependencia de Ramírez hacia Bertrán. La defensa recurrirá contra este argumento.
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