_
_
_
_
_

La EMT, condenada a pagar 400,000 pesetas a una accidentada

Elena Álvarez se cayó cuando el autobús que la llevaba al trabajo chocó contra un turismo el 16 de enero de 1992. Las lesiones sufridas y los 75 días de trabajo perdidos a consecuencia de la caída le han valido ahora para que la Junta Arbitral de Transporte de Viajeros de Madrid condene a la Empresa Municipal de Transportes (EMT) a pagar una indemnización de 400.000 pesetas a la accidentada.La empresa municipal, sin embargo, ha recurrido el laudo arbitral por razones de forma ante la Audiencia Provincial de Madrid, por lo que, de momento, Elena tendrá todavía que esperar para convertirse en el primer usuario que consigue ser indemnizado por vía arbitral.

Elena sufrió una contusión en la cabeza y un esguince de tobillo al caerse dentro del autobús número 51 cuando éste chocó contra un turismo en la confluencia de las calles de Goya y Serrano. Pasó dos días en el hospital y 75 de baja.

La Junta Arbitral del Transporte recibió la reclamación de la usuaria a través de la Unión de Consumidores de España (UCE) en julio de 1993 y emitió su resolución, que condenaba a la EMT a pagar 400.000 pesetas, en diciembre pasado.

Para llegar a esta resolución, se fijó la celebración de un vista oral, en la que declaró la propia interesada y donde el representante de la EMT alegó que la acción de reclamar había prescrito. También alegó que la Junta Arbitral no era competente en el asunto.

Este organismo, que depende de la Consejería de Transportes de la Comunidad, dictaminó que el seguro obligatorio de viajeros que suscribe cualquier usuario al comprar su billete o abono debía cubrir los costes derivados de la incapacidad laboral que sufrió la accidentada. La EMT debía indemnizar a Elena Álvarez con 400.000 pesetas. Pero, dos años después del accidente, Elena sigue sin cobrar.

Eludir obligaciones

Lo que más afecta es lo que sucede más cerca. Para no perderte nada, suscríbete.
Suscríbete

Para la UCE, la EMT y su compañía aseguradora, Schweiz Seguros, "han eludido reiteradamente sus obligaciones" porque el usuario de un transporte público suscribe al comprar el billete un seguro obligatorio de viajeros, explica Antonio Agúndez, abogado de la UCE. Según este letrado, algunos accidentados no han podido reclamar a la empresa por no conservar el billete.

"La empresa aseguradora Schewiz alega que el dinero debe pagarlo la aseguradora del coche que causó el accidente al chocar contra el autobús", indica Agúndez.

En 1992 se produjeron 3.323 colisiones, en las que resultaron heridas 296 personas, según la memoria de la EMT. Ese año, una usuaria herida al caerse en un autobús, Juliana Buenhombre, reclamó a la EMT dos millones de pesetas. En esa ocasión el conductor del vehículo insinuó que algunos viajeros se caían aposta para reclamar luego dinero a la empresa.

Regístrate gratis para seguir leyendo

Si tienes cuenta en EL PAÍS, puedes utilizarla para identificarte
_

Archivado En

Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
_
_