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Sólo el 10% de los rayos X están registrados

En España funcionan unas 30.000 de estas instalaciones radiactivas médicas

Poco más del 10% de las aproximadamente 30.000 instalaciones de rayos X médicos que existen en España se han registrado ante el Ministerio de Industria desde que en 1992 se promulgo una normativa específica para la instalación y utilización de estos aparatos. Antes, no había obligación de declararlos oficialmente. Ahora, el registro es mínimo, según el Consejo de Seguridad Nuclear, y la mayoría funciona sin control de la Administración. Aunque la dosis de una prueba común es muy pequeña, los rayos X son la mayor fuente de irradiación artificial de la población.

La mayoría de estas instalaclones no legalizadas pertenece a consultas y clínicas privadas, especialmente de odontología. Pero el propio Insalud, que representa el 52% de la sanidad pública, desconoce las instalaciones radiactivas que posee, aunque su control está asegurado a través de 16 Unidad Protección Radiológica, localizadas en grandes hospital referencia, regularmente inspeccionadas por el CSN. Sanidad todavía no ha elaborado el Censo Nacional de Instalaciones Radiactivas, fijado en un decreto sobre protección del paciente de 1990.Aunque son de poca importancia y las dosis diagnósticas son muy pequeñas para dañar la salud, aún en caso de un posible exceso, según los expertos, hasta 1992 no existía sobre ellas ningún control de la Administración.

La ley exige ahora declarar las instalaciones, previo informe de un especialista, ante el Ministerio o las Consejerías de Industria de las comunidades autónomas. "El problema es cómo hacer cumplir esta nueva normativa", afirma Victor Senderos, subdirector de instalaciones radiactivas del Consejo de Seguridad Nuclear (CSN). "El Consejo, hasta 1992, intentó controlar estos equipos, aplicándoles la normativa general. Los considerábamos instalaciones de tercera categoría (las de menor intensidad y toxicidad). Mediante este método, el CSN autorizó 2.323 equipos, según su último informe.

"En la actualidad, de una forma o de otra, están controladas unas 4.000 Instalaciones Pero existen alrededor de 25.000 sin declarar. Y el CSN no tiene capacidad para ir piso por piso o instalación por instalación comprobando si lo están o no. Por eso es fundamental la labor de los propios colegios médicos y de las comunidades autónomas y los ayuntamientos", explica.

"El Consejo ha hecho lo que ha podido y ha inspeccionado toda instalación de la que tenía noticia", asegura Carmen Álvarez, jefa de la Unidad de Rayos X Médicos del CSN. "Pero, por ejemplo, cuando hemos mandado un cuestionario a los radiólogos, aconsejándoles la legalización por esta vía indirecta, sólo recibimos contestación en un 10% de los casos".

"La legislación española actual es buena, si realmente las instalaciones estuvieran censadas y controladas", afirma Francisco Castejón, de la asociación ecologista Aedenat. "El problema fundamental son los centros pequeños o las consultas privadas".

La legislación española sobre radioprotección se ha ido adaptando con varios años de retraso a la normativa comunitaria. La legislación no prohibió hasta 1990 las radioscopias sin intensificador de imagen, cuyo uso esta prohibido por una directiva de 1984. "El CSN lleva años retirando estos aparatos, aunque todavía quedan algunos con este sistema antiguo", afirma Carmen Alvarez.

La ley prohibe también los exámenes radiológicos rutinarios, algo usual hasta hace unos años, tanto a niños como a adultos en los chequeos médicos.

Protección del paciente y del público

En radiodiagnóstico, el riesgo posible es el de irradiación externa, cuando está en funcionamiento el tubo de rayos X. Puede afectar a todo el organismo O sólo a una parte del cuerpo; las zonas más sensibles son los órganos genitales, los ojos y el tiroides. "Aunque no existe una dosis mínima exenta de riesgo, en radiodiagnóstico se utilizan dosis muy bajas para resultar peligrosas", explica Pedro San Martín, jefe de la Unidad de Radiodiagnóstico del Hospital La Paz de Madrid. "Los aparatos no admiten niveles altos. Los riesgos mayores se producen en pruebas como las exploraciones vasculares o cardíacas, porque son más largas, pero siempre dentro de unos niveles muy bajos".Los límites de dosis acumuladas anuales y las normas de protección para los profesionales y el público en general están fijados por la ley (ver cuadro adjunto). Los pacientes están unos criterios para evitar una radiación innecesaria: que las pruebas estén médicamente justificadas, que se hagan bajo la responsabilidad de un especialista y que sean siempre tan bajas como sea posible, protegiendo las zonas del cuerpo que no se examinan, cuando es necesario.

La utilización de delantales plomados para proteger los genitales de los niños y de las mujeres en edad fértil y carteles visibles que adviertan a éstas últimas para no someterse a una prueba o no acompañar al paciente en caso de embarazo, son otras normas básicas de protección. Cuando se realiza la prueba, sólo debe estar el paciente interesado y, si se trata de niños, en todo caso el acompañante. "El riesgo en los niños es la alteración de las células reproductivas, que pueden llevar a tener hijos con malformaciones continúa San Martín. "Sin embargo, en exploraciones de cadera es inevitable exponer los testículos o los ovarios. Si la zona explorada está muy alejada de estos órganos, no se necesita protección".

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