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Un problema de polítíca gobernamental

GUILHERME DA CUNHAEl problema de los inmigrantes en general, y de los refugiados en particular, va más allá de las garantías legales, es una cuestión de política gubernamental que debe resolverse en un marco regional

Tras la lectura del editorial publicado en este mismo diario el pasado martes 1 de marzo bajo el título Asilo con garantías, quisiera compartir con los lectores algunas reflexiones sobre la protección internacional a los refugiados, especialmente en España.Ante todo es necesario mencionar, que de los 20 millones de refugiados en el mundo, menos del 5% sé encuentran en los países de Europa Occidental que aplican rigurosamente y de manera cada vez más restrictiva la definición del refugiado que figura en el artículo 1.A de la Convención de Ginebra de 1951 sobre el Estatuto del Refugiado. El 95% restante, la gran mayoría viviendo en los países del tercer mundo, no responde estrictamente a los criterios establecidos en artículo 1.A de la misma Convención y, aun así, son considerados como refugiados, por ser víctimas de conflictos o disturbios de carácter político, étnico o religioso, a causa de los cuales se han visto obligados a abandonar su país. Así, nos enfrentamos a una situación algo paradójica según la cual el número de refugiados aumenta globalmente en el mundo mientras disminuye el número de personas reconocidas como, refugiadas bajo la Convención en el mundo occidental.

El propio editorialista reconoce que con el final de la guerra fría y la desintegración del comunismo se ha intensificado el flujo de emigrantes económicos y políticos (solicitantes de asilo), sobre las fronteras, europeas. Aunque afirma respetar la intención de los que se desplazan, cuestiona la capacidad de los países europeos para satisfacer las necesidades de estas personas. Cabe preguntarse entonces, quién estaría en condiciones de hacer frente a tales necesidades.

El problema de los inmigrantes en general, y de los refugiados en particular, no es tanto una cuestión de garantías legales, sino sobre todo, una cuestión de política gubernamental que debe ser resuelta en un marco regional si nos referimos a los países de la Unión Europea y del Norte de Europa. En este sentido, dichos Estados deben hacer frente al problema de los desplazamientos de población, mediante políticas migratorias definidas y leyes reguladoras del derecho de Asilo, de acuerdo con la esencia del Estado de Derecho.

La Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Refugiados, Sadako Ogata, ha manifestado en repetidas ocasiones que el fenómeno migratorio, que incluye el fenómeno de los refugiados, está íntimamente relacionado con el conflicto Norte-Sur, así como con el grado de respeto de los derechos humanos. Únicamente si somos capaces de intensificar los programas de cooperación económica internacional y fortalecer los mecanismos de defensa y promoción de los derechos humanos, estaremos en condiciones de resolver, o por lo menos atenuar, el problema de los inmigrantes irregulares y de los refugiados. Es por ello, que la, Alta. Comisionada propone considerar prioritariamente dicho fenómeno en la agenda política internacional.

En el caso concreto de España, ACNUR observa con satisfacción el estimulante debate que se está produciendo en torno a la nueva configuración del derecho de asilo y esto sobre todo, cuando conocemos las amenazas crecientes que obstaculizan su ejercicio en Europa. Sabemos que el ACNUR no legisla, no está presente en el Parlamento y tampoco pretende ejecutar el sistema de protección de los solicitantes de asilo en España. El ACNUR comparte con los Estados miembros y signatarios de los tratados internacionales sobre la materia, los principios básicos que deben ser observados en materia de protección internacional a los refugiados. Así, en lo referente al procedimiento acelerado de admisión a trámite para solicitudes manifiestamente infundadas, ACNUR considera que los solicitantes que sean rechazados en dicho procedimiento deben tener la oportunidad de que dicha decisión sea revisada por un órgano independiente, ya sea administrativo o judicial, dependiendo del sistema jurídico de cada país de acogida.

En consecuencia, ACNUR no se opone a la introducción de un recurso judicial con efectos suspensivos contra la resolución denegatoria en la primera instancia del procedimiento acelerado. Por el contrario, toda iniciativa tendente a mejorar el sistema de protección internacionalmente reconocido, es más que bienvenida, siempre y cuando cuente con el asentimiento de los respectivos poderes legislativos.

es representante en España de las Naciones Unidas.

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