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Francia estrena nuevo Código Penal bajo el espíritu de "los derechos del hombre"

El texto sustituye al napoleónico de 1810 y define los crímenes contra la humanidad

Desde ayer, Francia se rige por un nuevo Código Penal que sustituye al varias veces ampliado código napoleónico de 1810. El nuevo texto, surgido bajo el espíritu de "los derechos del hombre", introduce nociones como la responsabilidad penal de las personas morales y la condena a "perpetuidad real", o cumplimiento total de la pena, para los asesinos de menores. Las opiniones suscitadas son unánimes: nadie parece satisfecho. Unos creen que es "más claro y represivo". Para otros es una mera "refundición cartesiana de artículos que muy probablemente no sirva de nada".

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Defensa del individuo y de la propiedad

La reforma fue impulsada por el socialista Robert Badinter en 1981, pero ha sido finalizada por el democristiano Pierre Mehaignerie. No es extraño, pues, que el nuevo código intente conciliar concepciones diversas. Por ejemplo, a partir de ahora existe el delito de "terrorismo ecológico", sobre la "contaminación o envenenamiento voluntario del medio ambiente", y puede comportar hasta 15 años de cárcel y multas de 1,5 millones de francos (unos 34,5 millones de pesetas). Antes era un delito. Ahora es un crimen.A la misma inspiración parece deberse admitir la responsabilidad penal de las "personas morales". Las empresas, partidos, sindicatos o colectividades podrán quedar bajo vigilancia judicial, ser condenadas o merecer la disolución, amén de multas considerables. Ello habría permitido perseguir a la SNFC (ferrocarriles franceses) en el proceso del accidente de la estación de Lyon en 1993. Sólo' el Estado, al que nunca se le puede acusar de voluntad delictiva, queda al margen de la noción de "persona moral".

Es nueva también la decisión de prescindir de penas mínimas. El juez podrá ejercer su clemencia en determinados casos y no estará obligado a condenar por el simple hecho de que un acto entre dentro de una tipificación delictiva. Para contrarrestar esa mayor autonomía del juez se ha creado la llamada "perpetuidad real", consistente en imponer a quienes merezcan la cadena perpetua por asesinato y violación de un menor la garantía de que durante un mínimo de 30 años nadie podrá plantearse una eventual libertad anticipada por buena conducta.En materia sexual, el nuevo código se dice hijo de la presión de feministas y católicas. La mayoría de edad sexual sigue estando en los 15 añosm la homosexualidad está totalmente despenalizada, pero sigue estando penado realizar actos sexualesa en lugares púbicos. Se abre una hipotética puerta a la censura -varios escritores e intelectuales han protestado- cuando se dice que la difusión, a través de cualquier medio de comunicación, de "mensajes de carácter violento o pornográfico susceptibles de ser vistos o percibidos por un menor" será un delito. El "acoso sexual" está reconocido y puede comportar penas de hasta un año de cárcel y multas de 100.000 francos (unos 2,3 millones de pesetas).

Las novedades más criticadas por la izquierda son el admitir como lícita la defensa violenta de la propiedad, que se equipara a la legítima defensa. Sigue siendo ilegal matar para conservar un bien, y el juez deberá dictaminar hasta qué punto la violencia para evitar el ser atracado corresponde en grado a la ejercida por el delincuente o traspasa los límites de la legitimidad. Los extranjeros también pierden con, la reforma, ya que a la pena que pueda corresponderles se añade la de expulsión, temporal o definitiva.

Tráfico de drogas

Respecto al tráfico de drogas, el código francés continúa siendo uno de los más duros de Europa. La organización y dirección del tráfico de estupefacientes, su producción o fabricación son ahora crímenes emparentados al terrorismo y espionaje, merecedores de un tribunal especial, integrado sólo por jueces profesionales. Las penas pueden ir hasta la perpetuidad, o sea los 30 años, que los criterios de reducción pueden dejar en 22, y las multas tienen un techo de 50 millones de francos. Hay un aumento de las sanciones, como hay disminución para quienes sólo puedan ser acusados de consumo o tenencia, que ahora sólo pueden ganarse 10 años de prisión, frente a los 20 a los que se arriesgaban. Otra figura nueva es la de la "obligación de seguridad y prudencia", que atañe sobre todo a los conductores temerarios o a los empresarios que no se preocupen de la seguridad de sus trabajadores.

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