El fiscal del tercer juicio contra Juan Guerra pide la absolución
Juan Guerra contó ayer con el mejor alegato defensor de cuantos le han amparado en los tres juicios a los que se ha visto sometido. Ayer -en el juicio de llamado caso Comasa en el que se le imputaba un delito contra la Hacienda Pública- el fiscal jefe de la Audiencia de Sevilla, Alfredo Flores, solicitó, con una exposición calificada en la sala de "brillante", la absolución de Juan Guerra y de los otros dos acusados, José Garrido López y Francisco López Martín.Flores comenzó su alegato afirmando que el ministerio público "tiene encomendada la defensa del principio de legalidad", para posteriormente descalificar el proceso penal enjuiciado, del que dijo se ha "desnaturalizado". El fiscal tuvo también reproches para el magistrado instructor, el juez Márquez, al decir que en el proceso contra Juan Guerra por esta trama de la empresa Comasa, "se ha cuestionado la legalidad vigente en perjuicio de la presunción de inocencia", algo que sonó en la sala a contradictorio por cuanto el fiscal negó que se hubieran violado derechos fundamentales de los acusados, vicio reclamado por el abogado de Guerra el primer día de juicio.
Flores llegó a verter una cierta crítica contra el "egoísmo de la Administración" a la hora de velar por el gasto público, y calificó de "especie de maldición bíblica" las condiciones impuestas para el cobro de subvenciones, cuando mantuvo que Comasa nunca llegó a defraudar porque la subvención nunca llegó a cobrarse.
El alegato del fiscal rebatió punto por punto la tesis mantenida por las acusaciones, y en especial por el abogado del Estado Carlos Suan. Este hizo un informe muy descriptivo y detallado del tipo de delito aplicado en la defraudación, el 350 del Código Penal, un supuesto delictivo que aún no cuenta con jurisprudencia en nuestro ordenamiento, hecho al que también se ampararon las defensas para negar su comisión.
Suan mantuvo que en la acción de pedir la subvención "ya hubo engaño", por cuanto dijo se carecía de proyecto para construir el hotel; se falseó el capital real de Comasa, y se omitieron las dificultades urbanísticas del proyecto. Dijo el abogado del Estado que el tipo especial aplicado no proteje la función recaudatoria de la Administración sino "que castiga a quien lesiona la función de gasto público" y que el concepto de subvención es "un campo abonado para el fraude". Por ello añadió, la defraudación se consumó al verse frustrado el fin e impedirse a terceros conseguir esa ayuda del Estado. Las defensas hicieron suyas las palabras del fiscal.
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