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El Supremo admite que la cotización en el extranjero compute en el subsidio de paro

El Tribunal Supremo ha reconocido, en una sentencia, el derecho de un trabajador a computar los periodos de cotización en un país extranjero para poderlos incluir en los seis años exigidos en la legislación española para tener derecho al subsidio de desempleo, en el caso de personas mayores de 52 años. El fallo del tribunal estima el recurso interpuesto por Augusto Recaj contra una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, que rechazó el recurso presentado contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número 8 de Sevilla. Recaj solicitó subsidio por desempleo al Inem, que este organismo rechazó por estimar que no había cotizado los seis años previstos.

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