El Supremo aplaza el 'caso Filesa' al remitirlo al fiscal para que informe
La Sala Segunda del Tribunal Supremo congelará hoy de hecho el caso Filesa al remitir al fiscal todas las causas en las que aparezcan implicados parlamentarios de la legislatura recién acabada para que informe sobre qué órgano jurisdiccional es competente en cada caso. Esta medida supondrá el aplazamiento de la causa, pero no paralizará legalmente el proceso. Si se paralizara, estaría vulnerándose el artículo 24.2 de la Constitución (derecho a un proceso sin dilaciones).Los magistrados se reúnen hoy en sala general para unificar criterios sobre competencia. Un sector de la sala propone que el Supremo mantenga bajo su control el caso Filesa, basándose en que el Estatuto de Cataluña prevé que sus parlamentarios autonómicos sean juzgados por el Supremo cuando los presuntos delitos cometidos se han producido fuera del territorio catalán.
La mayoría de los magistrados considera que la ley de 1912 sobre enjuiciamiento de senadores y diputados no está en vigor en lo que se refiere a la competencia porque es contraria a la Constitución y a los reglamentos del Congreso y del Senado, por lo que estiman que las causas contra aquellos parlamentarios que han perdido el fuero deben remitirse a los juzgados que correspondan.
No se considera lógico que se envíen a Barcelona los más de 200.000 folios y documentos del caso Filesa con el gasto y el trabajo que ello supone, si dentro de dos meses el caso vuelve de nuevo al Supremo porque Josep Maria Sala haya sido designado senador por el Parlamento catalán. Este razonamiento avala la congelación de hecho, aunque no jurídica. Se considera que desde que se remitan las cerca de 40 causas contra parlamentarios hasta que el fiscal las estudie y las conteste, pueden haber transcurrido los dos meses necesarios para saber a qué atenerse sobre los aforados que mantienen esa condición y los que no.
Recusación reprobable
Ayer se conoció la dura resolución en que el Supremo desestima la recusación presentada por la Asociación contra la Injusticia y la Corrupción (Ainco) contra el primer tribunal de Filesa. El Supremo impone a Ainco la multa máxima -100.000 pesetas- prevista en la ley por haber utilizado "maliciosamente" el derecho de recusación.
"Por la transcendencia de los fines a que sirve la recusación", dice el auto, "es tanto más reprobable su utilización desviada y con la casi exclusiva finalidad de verter insidiosas conjeturas y burdas desfiguraciones de la realidad que tendrían su mejor acomodo en el marco de una irresponsable charla de café. Que ha sido ése el móvil que prioritariamente ha inducido a la recusante a promover el incidente no es una gratuita suposición". El Supremo critica "la absoluta falta de fundamento" de la recusación y el "lenguaje hiriente, claramente irrespetuoso e intolerable".
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