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Presunto delito electoral

El Partido Popular prepara una acusación formal contra el administrador general de la campana del PSOE a las elecciones legislativas de 1989, por presunto delito electoral, como consecuencia de las investigaciones sobre el caso Filesa. No obstante lo cual, fuentes jurídicas explicaron que eso no descartada otras responsabilidades distintas a la del administrador.La persona que desempeñó formalmente dicho puesto es Manuel Ramón Moreda, el gerente del PSOE durante los últimos cinco años. Es un técnico que no pertenece a la comisión ejecutiva del partido. Sus funciones son similares a las desempeñadas en su día por Aida Álvarez, ex coordinadora de finanzas del PSOE, aunque el poder político de Moreda es menor del que tenía aquella, según las personas que han informado a este periódico.

Moreda trabajó a las órdenes directas del secretario de administración y finanzas, Guillermo Galeote, durante la campaña de 1989. Puestos en contacto con la sede federal del PSOE, ayer no fue posible localizarle.

La financiación de un partido político por particulares o empresas privadas, como teóricamente es Filesa, se encuentra sometida a fuertes limitaciones legales. Un pago de 19,7 millones de Filesa por cuenta del PSOE como el que está apuntado en las diligencias judiciales, además de la posibilidad de que tales pagos se hayan elevado a cientos de millones, sobrepasa largamente el límite legal para las donaciones privadas que puede recibir un partido en campaña.

Según la ley electoral, los administradores generales de las formaciones políticas que concurren a las elecciones son las personas que responden "de todos los ingresos y gastos electorales realizados por el partido, federación o coalición, y por sus candidaturas, así como de la correspondiente contabilidad", hasta el punto de que arriesgan penas de seis meses a seis años de cárcel y multas de 30.000 a 300.000 pesetas, en caso de que se demuestre que han falseado las cuentas, "reflejando aportaciones o gastos o usando de cualquier artificio que suponga aumento o disminución de las partidas contables".

La ley también marca topes para los gastos electorales de las formaciones Políticas. Los declarados por el PSOE no superaron el límite legal en las elecciones de 1989, según la fiscalización realizada por el Tribunal de Cuentas, que está en contradicción con los datos descubiertos por el juez Barbero.

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