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Los ciudadanos ya pueden exigir responsabilidades a la Administración cuando funcione mal

Los tres meses que se ha tomado la Adminisración para entrenarse en una nueva cultura obre su relación con el público, se ponen a prueba mañana, lunes. La ley del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas. y el Procedimiento Administrativo Común ata de finales de noviembre de 1992, pero no entró en vigor hasta el sábado pasado. A partir de mañana, los ciudadanos que acudan a cualquier organismo público deberían comenzar a notar los efectos de esta nueva cultura. Por ejemplo, deberán saber, sin preguntarlo, el nombre y apellido del funcionario que les atienda, porque deben llevar una placa que les identifique. Y si una deficiente gestión les causa un perjuicio, tienen derecho a ser indemnizados en el plazo de un mes.

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Identificación y plazos

Juan Ignacio Moltó, subsecretario de Administraciones Públicas, está ronco. Tiene la voz cascada de tanto explicar la ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Su agenda está cargada de viajes a provincias, universidades, seminarios, ayuntamientos, colectivos de funcionarios... a los que ha tratado de inculcar el cambio de cultura que supone la entrada en vigor de una ley que viene a reformar el trato de la administración con los ciudadanos.La ley modifica otro texto legal, firmado por Laureano López-Rodó en 1957, que concedía a la Administración una serie de bulas en su trato con los ciudadanos. Uno de los episodios que ilustran ese trato es el de la batalla jurídica librada por el padre de un niño que quedó inválido en 1979 al administrarle en un servicio -sanitario público un medicamento contraindicado, tras Inyectarle la vacuna de la rabia. El Tribunal Supremo le dió la razón en 198 1, pero hasta 1992 seguía sin ver atendida su reclamación porque, tanto el Ministerio de Sanidad y Consumo como el Insalud desplegaron todas las triquiñuelas legales para boicotearla.

Hechos como ése no deben volver a producirse, si la nueva ley que entró en vigor el sábado pasado cumple las expectativas que muchos ciudadanos demandan en su relación con las Administraciones Públicas.

Cambio de concepto

La ley introduce un cambio de concepto sobre los administrados. "Ahora son los ciudadanos los sujetos de los derechos, no los funcionarios, como ocurría durante el franquismo", afirma con entusiasmo Moltó, quien no considera que entre con mal pie una ley, cuya implantación coincide con un año en el que los sueldos de los funcionarios se han congelado.

Del decálogo de derechos que se reconoce a los ciudadanos surgen muchas dudas. ¿Cuál de ellos es el que más le preocupa a la hora de su cumplimiento? Moltó señala dos: el uso de la lengua y el paso de los procedimientos presuntamente favorables a desfavorables.

"Lo importante no es que el silencio administrativo sea favorable" señala. "Lo importante es que hay que resolverlo en un plazo determinado. Para ello necesitamos un proceso de adecuación que nos llevará unos seis meses. En ese plazo pretendemos reducir los 1.853 procedimientos administrativos detectados en tan sólo 20".

Uno que ya tienen resuelto es el procedimiento abreviado de reconocimiento de responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas. Este trámite concede al Estado un plazo de 30 días para que indemnice al ciudadano en el supuesto de que se le haya causado un daño inequívoco. ¿En qué casos? Moltó, expone éste: "Un ciudadano que: circula en su coche hasta las dependencias de un edificio administrativo del que se desprende: un trozo de cornisa. Los daños causados por este suceso en su vehículo serán inequívocos. En casos así de claros, la Administración tiene un mes para indemnizar al ciudadano de los perjuicios que se le han ocasionado".

El derecho más dificil de atender será el uso de la lengua cooficial al castellano en algunas comunidades autónomas. "No va a ser lo mismo en Cataluña, donde prácticamente todo el mundo habla el catalán, que en Euskadi. Eso es lo que más preocupa", reconoce Ignacio Moltó.

¿Y cuando un ciudadano se niegue a presentar un documento que ya obre en poder de otro organismo de la Administración, qué pasará? "Le preguntarán que dónde y cuándo lo ha presentado, pero nada más. Ya se encargarán los funcionarios de localizarlo. Él no debe preocuparse; es una cuestión de funcionamiento interno".

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