Regulado el acceso de los españoles a los ficheros con información personal
El ciudadano español al que un banco le deniegue un crédito podrá pedir a la entidad financiera los datos que tenga sobre él para saber por qué no le dan el crédito o podrá dirigirse a su Ayuntamiento para que le informen sobre sus datos en el fichero de las tasas públicas. Éstas y otras acciones similares van a ser posibles dentro de unos meses, cuando entre en vigor el real decreto de estatuto de la Agencia de Protección de Datos, pieza esencial que desarrolla la Ley de Regulación del Tratamiento Automatizado de Datos de Carácter Personal (LORTAD), que está en vigor desde el pasado día 1 de este mes.
También podrá un trabajador, por ejemplo, pedirle a su empresa que le comunique todos sus datos contenidos en el fichero de personal o solicitar que su nombre no figure en las listas a las que se envía habitualmente publicidad por correo. En el caso de que todas estas entidades se nieguen a cumplir la petición ciudadana, los interesados podrán dirigirse a la Agencia de Protección de Datos.Esta agencia tendrá la obligación, entre otras, de publicar y difundir un catálogo anual de los ficheros inscritos en los organismos públicos, en las comunidades autónomas y en la propia agencia.
También controlará los datos de carácter personal qué traspasen las fronteras, como es el caso de la base de datos policiales del sistema de información de Schengen (consorcio de nueve países europeos, entre los que se encuentra España, para la eliminación de las barreras a la libre circulación de personas).
El anteproyecto de real decreto de estatuto de la agencia ha sido elaborado por el Ministerio de Justicia y se encuentra en fase de consulta entre los distintos departamentos de la Administración, entre los expertos y entre las asociaciones ciudadanas. Fuentes de la Administración estiman que en pocas semanas podrá ser aprobado por el Consejo de Ministros.
En la agencia estará el Registro General de Protección de Datos, encargado de velar por el ejercicio de los derechos de información, acceso, rectificación y cancelación de datos.
Datos públicos
En este registro deberán inscribirse los ficheros de la Administración del Estado, de las comunidades autónomas, ayuntamientos, Seguridad Social, empresas y entes públicos y las empresas y entidades privadas. La agencia autorizará la actualización de los datos, su transferencia internacional y rectificación.El director de la agencia será nombrado por el Gobierno a propuesta del ministro de Justicia, entre los miembros del consejo consultivo. Este consejo estará integrado por representantes del Parlamento, de la Administración central y autonómica, de asociaciones de consumidores y por un representante de ficheros privados.
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