Hacienda deberá devolver el IVA a una cooperativa de aparcamientos
Una sentencia del Tribunal Económico Administrativo Regional de Madrid obliga a Hacienda a devolver el IVA pagado por una cooperativa de aparcamientos durante su construcción. Esta sentencia pude suponer a Hacienda la devolución de varios miles de millones de pesetas, ya que sólo en Leganés el Ayuntamiento ha cedido suelo a casi un centenar de cooperativas.El tribunal reconoce que la cooperativa Luis de Góngora tiene derecho a la devolución del 6% que ha pagado en las d1ferentes certificaciones de obra del aparcamiento subterráneo, ya que las aportaciones de los socios no constituyen "contraprestación o compensación ni de entrega de bienes ni de servicios prestados por la cooperativa".
La reclamación fue presentada por esta cooperativa, que ha construido 146 plazas en el barrio de El Carrascal. El IVA pagado asciende a 15 millones de pesetas.
Precedente
Sólo en Leganés existen cerca de 100 cooperativas que han pagado o deberán pagar entre 10 y 20 millones en concepto de tributación del impuesto en función de las plazas de garaje. De generalizarse la reclamación, Hacienda deberá devolver más de 1.000 millones sólo en este municipio. Getafe y Alcorcón también han seguido este modelo para dotarse de aparcamientos subterráneos, que consiste en que el Ayuntamiento cede el suelo a la cooperativa y ésta construye el subterráneo, que sus socios pueden utilizar durante 99 años. Entonces el garaje pasará a propiedad municipal.La idea de reclamar partió de Marisa Muñoz, directora de la empresa que gestiona la cooperativa Luis de Góngora y presidenta de la Unión de Cooperativas de Aparcamientos de Madrid, que agrupa a ocho cooperativas y casi 2.000 socios. "Entendí", señala Muñoz, "y el tribunal me da la razón, que la cooperativa construye el aparcamiento para su propio patrimonio porque carece del derecho de transmisión a terceros". Según el reglamento del IVA, el capital social de una sociedad no está sujeto a tributación del impuesto.
La reclamación fue presentada en la Administración de Hacienda de Leganés en agosto de 1991 y dos meses después el jefe de la administración la desestimó,, por lo que la empresa recurrió ante el Tribunal Económico y Administrativo Regional, que el 30 de octubre dictaminó que "la demandante tiene derecho a la devolución solicitada".
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