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La juez de Sevilla da 24 horas a Asunción para que deposite una fianza de 20 millones

La juez Eloísa Gutiérrez concedió ayer un plazo de 24 horas para que el secretario general de Instituciones Penitenciarias, Antoni Asunción, y otros cinco responsables de prisiones, depositen una fianza individual de 20 millones de pesetas que garantice las indemnizaciones solicitadas en el juicio que por varios delitos contra presos peligrosos encarcelados en Sevilla-2 se sigue contra ellos.

Asunción acudió ayer al Juzgado de Instrucción número 9 de Sevilla para cumplir con la obligación impuesta por la juez de personarse en la sede judicial los días 1 y 15 de cada mes. Tras dos horas de permanencia en el juzgado Asunción afirmó que le había sido concedido un plazo de 24 horas para prestar los 20 millones de fianza, que serán avalados por el Estado. Asimismo, añadió que los abogados que le defienden pedirán a la juez que permita su personación, el próximo día 1, en un juzgado de Madrid.Asunción estuvo asistido por el catedrático de Derecho Penal, Javier Boix Reig, que se encargará a partir de ahora de su defensa y de la de Gerardo Mínguez, ex jefe de la Inspección Penitenciaria y miembro de la Sociedad de Infraestructuras y Equipamientos Penitenciarios, también procesado. Por su parte, el penalista sevillano Francisco Baena Bocanegra llevará la defensa del director de la prisión Sevilla-2, Rafael Fernández Cubero, y de los subdirectores, Antonio de Diego, Isidoro Colón y Jorge Castejón, igualmente procesados.

Criterios

A la salida del juzgado, Antoni Asunción reiteró que los delitos que se le imputan son producto de la disparidad de criterios que existe entre los jueces, "que son fruto de la independencia judicial". El responsable de prisiones añadió que las medidas que la juez de Sevilla ha estimado como punibles y constitutivas de los delitos de rigor innecesario, de sobediencia, prevaricación y de negación de auxilio, se siguen aplicando en otros penales españoles "como el de Jaén y en otros en donde hay presos a los que se tiene que inmovilizar en ocasiones", e insistió en que los jueces y fiscales de Vigilancia Penitencia ria de Badajoz, Valladolid y San tander, estimaron procedentes la aplicación de estas medidas cuando se adoptaron a finales del verano de 1991. En esa fecha, y tras los sucesivos motines violentos en distintas prisiones, fueron trasladados a diversas prisiones españolas los responsables de la revueltas. Los 13 presos que llegaron a Sevilla-2 denunciaron al fiscal de vigilancia que habían sido inmovilizados con esposas, recluidos durante 40 días en celdas aisladas, sin duchas ni objetos de aseo, sin visitas ni correo y vestidos con un mono."Lo deseable hubiera sido que no se llegara a este punto", dijo ayer Antoni Asunción, 11 pero hemos aportado suficientes pruebas para probar que las medidas son legales en el resto de España y aquí no". Asimismo, el responsable de prisiones criticó a la fiscalía de Sevilla, de la que dijo, "deberá reflexionar al haberse visto desautorizada por la Junta de Fiscales de Sala", y que por 12 votos a dos estimó correcta la aplicación de las medidas carcelarias. El fiscal general del Estado, Eligio Hernández, ordenó al fiscal jefe de Sevilla, Alfredo Flores, solicitar el sobreseimiento del proceso.

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