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Empresa expedientada por incumplir la norma sobre contratos temporales

La Inspección Provincial de Trabajo de Vizcaya ha levantado un expediente sancionador contra la empresa Vicrila S A por "utilización indebida" de la contratación prevista para trabajadores eventuales en el Real Decreto 2104 de noviembre de 1984. Esta ley, redactada para flexibilizar el mercado laboral, autoriza a los empresarios a formalizar contratos eventuales para atender las exigencias circunstanciales del mercado.

El sindicato UGT denunció ante la Delegación de Trabajo que dicha empresa, con 580 trabajadores fijos y entre 100 y 200 eventuales, estaba cubriendo con contratos eventuales puestos de trabajo de carácter fijo. Vicrila S A, radicada en Leioa (Vizcaya), se dedica a la fabricación de vidrio y está controlada por el grupo francés Arques.El informe del inspector de trabajo constata que "la empresa ha venido haciendo frente a las fluctuaciones crónicas y a los picos de producción mediante el recurso a diversas figuras contractuales, particularmente la que se contempla en el artículo 3 del RD 2104 / 84". El análisis de la evolución del empleo entre enero de 1991 y abril de 1992 confirma que en la sección de embalaje ha existido una plantilla estable de 37 obreros eventuales a lo largo de un período de 16 meses, "muy superior a los seis meses previstos en el artículo 3 del referido Real Decretco". El acta de infracción no se refiere a trabajadores concretos, sino a la transgresión de la normativa contractual.

El inspector destaca en su informe que los sindicatos y la dirección de la empresa ya habían mantenido controversias por el "desproporcionado número de contratos eventuales que de manera habitual existía en la empresa".

Un portavoz del sindicato denunciante señaló a este periódico que "este caso es sólo un botón de muestra. Está pasando en todas las grandes empresas y por eso no se está generando empleo fijo. Los únicos que se benefician económicamente son los empresarios y es un chantaje permanente a los trabajadores".

Para este tipo de infracciones, la ley prevé sanciones de hasta 500.000 pesetas y, en caso de reincidencia, la multa se puede elevar hasta los 15 millones de pesetas.

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