La ley y la moral
LA CONDENA de tres años impuesta por la Audiencia Nacional al arcipreste de Irún, José Ramón Treviño, podrá parecer benigna a unos y rigurosa a otros. Más apropiado sería, en todo caso, calificarla de equilibrada deacuerdo con los hechos probados -dar cobijo y ayuda a dos terroristas de ETA que acababan de cometer un atentado, con tres víctimas mortales, en Santander-, las circunstancias materiales y personales concurrentes en el caso y la ley aplicable al mismo. Efectivamente, la sentencia valora como una atenuante -una especie de estado de necesidad por motivos de conciencia- los vínculos personales establecidos a causa de su dedicación sacerdotal entre el inculpado y uno de los terroristas a los que acoge. Con ello aminora la pena que le correspondería: entre seis años y un día y 12 años de cárcel.Ello hace que sea verdaderamente difícil tomar como pretexto la condena para no acatar la resolución del tribunal. Salvo que se pretenda analizarla o valorarla desde presupuestos ideológicos o morales ajenos a la ley civil y a la función jurisdiccional que corresponde en exclusiva a los tribunales del Estado. Otra cosa es que sea impugnable ante las instancias judiciales superiores si las partes implicadas en el proceso o alcuna de ellas no se hallan conformes con la sentencia pronunciada.
El proceso contra el arcipreste de Irún, resulelto en apenas cuatro meses, ha estado ciertamente condicionado por el estado sacerdotal del inculpado. En el exterior del tribunal, ello ha sido incuestionable, y se ha hecho todo lo posible para que, de igual modo, lo fuera en su interior. De otro lado, la naturaleza de los hechos imputados también ha contribuido al intento de trasladar al proceso toda la crispación social acumulada ante el acoso terrorista. Y ello se ha producido en tal grado que el presidente del tribunal se ha considerado "inquietado" por alguno de estos hechos, denunciándolos ante el Consejo General del Poder Judicial como "un posible atentado a la independencia judicial"
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