Rechazo, por inutil y desigual, a la sanción especial a los terroristas
El tratamiento que dedica al terrorismo el anteproyecto de Código Penal es rechazado por el texto elaborado por Tomás S. Vives, por ser más propio de una ley especial de coyuntura que de un cuerpo legal con voluntad de permanencia, además de por resultar inútil desde el punto de vista de la política criminal. El borrador del informe señala que, ante tan graves delitos, "la reacción punitiva ante sus autores no debería ser producto de los sentimientos, sino de la razón".Frente al aumento de penas y de duración en el cumplimiento de las mismas a los integrantes de bandas armadas, el informe argumenta: "No hay que forzar mucho la imaginación para darse cuenta de que se da el mismo tratamiento punitivo a conductas de muy diferente gravedad; y no cabe descartar que ello conduzca a los posibles autores hacia la realización de lo más grave, que cubre mejor sus objetivos y se halla, a fin de cuentas, amenazado con la misma pena que lo menos grave".
Otras objeciones a este tratamiento proceden del principio de proporcionalidad de las penas, así como que "el problema del terrorismo ha de abordarse en el Código con las técnicas propias de un código, esto es, recurriendo a las pautas generales de racionalización del ejercicio de la potestad punitiva, y que, por consiguiente, ha de abandonarse la teoría propia de las leyes especiales, máxime si, como en este caso, no produce siquiera ninguna evidente utilidad inmediata".
Insumisión
Entre los delitos contra la seguridad interior y exterior del Estado, el informe estima que merece destacarse, "porque ha saltado a la opinión pública en más de una ocasión, el relativo a la penalidad aplicable a los llamados insumisos". La negativa del objetor del servicio militar a la prestación social sustitutoria, se penaliza en el anteproyecto con pena superior a dos años de cárcel, que puede llegar hasta tres, y en tiempo de guerra hasta ocho. El Consejo General del Poder Judicial "se limita", dice el borrador de informe, "a efectuar esta única observación: que no siempre la dureza de las penas resulta eficaz en la práctica".En cuanto a algunas nuevas formas de delincuencia, el borrador se pronuncia así:
Medio ambiente. No debe acudirse a la protección penal en primer término, cuando no se ha agotado la regulación administrativa.
Información privilegiada. Considera extraño que el anteproyecto se limita a regular tales abusos en el ámbito de la función pública y crítica la definición del delito.
Conductor ebrio. Se critica que no se fije un límite preciso sobre el grado de intoxicación.
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