El juez ratifica la condena a un policía que realizó una persecución "alocada"
La Audiencia Provincial ha ratificado el fallo de un juzgado madrileño que condenó a un policía municipal a dos días de arresto menor y una multa de 50.000 pesetas por atropellar a un joven de 15 años al que perseguía porque su moto hacía demasiado ruido. El juez considera aquella carrera "alocada" y "desproporcionada". En la primera sentencia se estimó que el agente debería haber guardado la distancia entre vehículos a que obliga la ley.
La sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid, firmada el 7 de marzo, deja claro que hay persecuciones policiales que se deben evitar. El caso del joven Alberto Gómez Salinas, ocurrido en junio de 1990, es uno de ellos.Alberto circulaba con la motocicleta Yamaha de su padre por las calles de Ciudad Lineal cuando un agente de la llamada patrulla verde le hizo señales para que se detuviera. Los policías consideraron que el tubo de escape de la moto emitía demasiado ruido.
El joven desatendió la señal policial, por lo que los agentes iniciaron una persecución con el coche patrulla. A la altura de la calle de Emilio Ferrari, los vehículos iban a 90 kilómetros por hora. Cuando accedieron a un tramo de tierra que existía al final de la calle, 10 metros separaban al perseguido del perseguidor.
En ese momento Alberto derrapó y cayó al suelo. El automóvil policial le pasó por encima. El joven conserva aún cicatrices en la espalda y en el brazo derecho. El agente que conducía Sebastián Sánchez Bote, relató en el momento de la primera sentencia que cuando Alberto derrapó se levantó una nube de polvo que le impidió ver nada. Sánchez Bote fue condenado por el Juzgado de Instrucción número 38 de Madrid como autor de una falta de lesiones imprudentes con infracción de reglamentos.
El Ayuntamiento de Madrid apeló aquella decisión judicial, recurso que ahora desestima la Audiencia Provincial. En la nueva resolución el juez considera la actuación del agente "totalmente desproporcionada". Además, se afirma que "esa alocada carrera por la noche era evitable por sus peligros" y que la utilización del megáfono y la sirena no era una "medida adecuada".,
El juez estima que en lugar de la "alocada" persecución los agentes podrían haber localizado el domicilio del joven "con una comunicación al centro de la Policía Municipal", ya que tenían la marca de la moto y su matrícula.
"Reserve ese entusiasmo"
El magistrado se permite, además, dar un consejo al policía Sánchez Bote: el agente "debe reservar ese entusiasmo profesional para causas de mayor relieve policial y social, y sobre todo deberá obrar con prudencia de forma proporcional entre lo que se desea y el resultado que se busca".
La anterior sentencia no había llegado tan lejos. El titular del juzgado de instrucción consideraba que en la persecución se tenía que haber guardado una distancia de seguridad no inferior a 50 metros. Este hecho motivó las críticas del anterior concejal de Seguridad, Fernando Bocanegra: "¿Debemos atenemos al Código de la Circulación cuando perseguimos a alguien que no se detiene ante el alto policial?", criticó.
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