El tribunal andaluz deja libre de culpa a Alfonso Guerra por el uso del despacho oficial en Sevilla
ALEJANDRO V. GARCÍA El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha eximido de responsabilidad penal a tres delegados del Gobierno en Andalucía y al secretario del ex vicepresidente del Gobierno en relación con el uso de un despacho oficial por parte de Juan Guerra. La sala no cita en los mismos términos a Alfonso Guerra, pero del auto se deduce que el TSJA no encuentra indicios de culpabilidad contra él. Si no, hubiera elevado las diligencias al Supremo. Además, sólo de las investigaciones ahora archivadas pudiera derivarse alguna responsabilidad penal contra el ex vicepresidente del Gobierno.
El auto considera al Gobierno facultado para ceder el despacho de Alfonso Guerra en la Delegación de Sevilla a otra persona y estima que no hay indicios para suponer que ni Rafael Delgado, secretario de Alfonso Guerra, ni los tres sucesivos delegados conocían las actividades reales de Juan Guerra en el despacho.El auto desestima también, por no ser la vía adecuada, la petición de trasladar al Supremo las actuaciones para aclarar posibles responsabilidades de Alfonso Guerra. Señala además, respecto a éste, que no se puede utilizar, como hizo el magistrado instructor, un escrito sobre competencias para "interesar la imputación" del ex vicepresidente del Gobierno.
La sala cree también que los acusadores no han seguido el camino procesal correcto contra Alfonso Guerra, ya que debían haber presentado una querella directamente ante el Supremo, extremo que no descarta algún abogado de la acusación.
El citado auto, contra el que no cabe recurso, descarta definitivamente la responsabilidad de los cuatro políticos socialistas y devuelve las diligencias al juzgado número 6 de Sevilla, que precisamente las remitió al TSJA para que dictaminara sobre la presunta culpabilidad de los aforados.
El documento declara probado que Rafael Delgado, secretario de Alfonso Guerra en la Vicespresidencia del Gobierno, ordenó al entonces delegado del Ejecutivo en Andalucía, Leocadio Marín, la creación de un despacho para uso de Alfonso Guerra que, sin embargo, también podía utilizar su hermano Juan como asistente.
Autorización excedida
La sala confirma que Juan Guerra "realizó un uso del despacho que excedía cuantitativa y cualitativamente los términos de la autorización de acceso". Sin embargo, no ha quedado probado que Delgado, Leocadio Marín ni los otros sucesivos delegados del Gobierno -Tomás Azorín y Alfonso Garrido- autorizaran a Juan Guerra a usar "en exclusiva" el despacho ni que tuvieran conocimiento ni "prestaran aquiescencia" a las actividades desplegadas en él.
Según los tres magistrados de la sala -el presidente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Juan Ignacio Pérez Alférez; Juan José Ruiz-Rico y Fernando Lázaro-, sólo mediante la presunción se puede suponer un nexo entre la autorización a Juan Guerra y las actividades que allí desarrolló. "No existe una pluralidad de indicios concomitantes o interrelacionados", señala.
El auto rechaza luego que la conducta de los cuatro políticos del PSOE pueda constituir prevaricación (dictar una resolución administrativa a sabiendas de que es injusta) o de malversación de caudales.
Los magistrados, que en un preámbulo advierten que su -resolución está "al margen" de cualquier evaluación de carácter político y se desvinculan de los "climas de opinión de los que, por lo demás, resulta imposible verificar su verdadero respaldo social", creen que la decisión de autorizar el acceso al despacho a una persona que hacía funciones meramente políticas, y no gubernativas, no es delito, pues ambas funciones, -en el caso del propietario del despacho, Alfonso Guerra- "no son materialmente escindibles".
Así, señala que cuidar por la seguridad del vicepresidente del Gobierno no es una función que se pueda hacer sin cuidar la seguridad del vicesecretario general del PSOE.
Sobre la cesión del despacho, el auto retorna la dualidad indiscernible entre política y responsabílidad administrativa, y afirma que la decisión no tuvo rango administrativo, sino que se encuadra en la potestad del Gobierno de tomar decisiones políticas.
"Difícilmente podrá entenderse injusta la resolución de partida en los términos que se hizo", ya que las tareas para las que Juan Guerra fue autorizado "no responden a intereses particulares del vicepresidente (... ) ni a intereses exclusivos del partido, sino que facilitan desde el ámbito extragubernamental el ejercicio de la función política", señala el texto del auto hecho público ayer.
Respecto al consentimiento de la supuesta malversación de caudales que hizo Juan Guerra, el auto subraya que esta tipificación no puede predicarse de los bienes inmuebles, en este caso un despacho, aunque su uso haya generado unos gastos determinados.
En esa línea estima que tampoco se puede imputar a los cuatro políticos socialistas "falta de cuidado o de vigilancia", ya que no hay ninguna ley que responsabilice al delegado del Gobierno de estas labores.
Todos los demás procesos
El archivo dictado por la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia Andaluz (TSJA) concierne sólo a la creación del despacho y al uso que de él hizo Juan Guerra y la responsabilidad que tuvieron en ello los cuatro políticos del PSOE. No afecta en cambio a los otros muchos procesos investigados por el juzgado de Sevilla, aunque las supuestas irregularidades cometidas por Juan Guerra se desarrollaran en el despacho de la Delegación del Gobierno. De hecho, el TSJA investiga la responsabilidad que el portavoz adjunto del PSOE en el Parlamento andaluz, Guillermo Gutiérrez, tuvo en la concesión irregular de una parcela propiedad de la empresa municipal Mercasevilla a Construcción Modular Andaluza (Comasa), empresa vinculada con Juan Guerra. Esta investigación sigue su curso y han sido citados el secretario general del Ayuntamiento de Sevilla y dos miembros más del Consejo de Admnistración, que lo harán como imputados.Mientras, el juzgado número 6 de Sevilla investiga, también en tomo a Comasa, la comisión por Juan Guerra de un delito de prevaricación y otro de alteración del precio de las cosas. Juan Guerra también ha sido acusado de defraudación a la Hacienda Pública junto a varios de sus socios y las empresas Fracosur y Corral de la Parra,
Asimismo siguen su tramitación otras denuncias, como las del asunto Fridex y Espaldilla, en las que aparecen como acusados de prevaricación el alcalde y varios concejales del municipio de Alcalá de Guadaira (Sevilla). El juez instruye además diligencias sobre el intento de compra de dos cuarteles de Madrid o las irregularidades en el llamado caso de las tragaperras, vinculado a la empresa Litomed. De toda esta maraña de asuntos judiciales que tienen como protagonista a Juan Guerra no se ha deducido, de momento, la responsabilidad de ningún cargo público aforado.
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