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La Europa social esta coja, pero anda

El Gobierno español confía en que el acuerdo "11+1" permita importantes avances

Mientras los ministros de Economía europeos salían eufóricos de la cumbre de Maastricht, los de Trabajo se escabullían cabizbajos ante el aparente fracaso de los cuerdos en materia social: el descuelgue del Reino Unido dejaba coja a la Europa de los trabajadores. Sin embargo, a medida que pasan los días, el Gobierno español se muestra más realista respecto a la Unión Económica y Monetaria y mucho más optimista sobre las posibilidades del acuerdo "11 +1", que en palabras de una alta fuente del Ministerio de Trabajo "abre las puertas para avanzar de forma unida en la política social, porque ha preparado un terreno suficientemente sólido".

Las modificaciones específicas al Tratado de Roma decididas en la cumbre de jefes de Estado y Gobierno de la Comunidad Europea no afectan a la política social. Al igual que sucedió con la propuesta de cohesión realizada por Felipe González, el desarrollo de la Carta Social de 1989, tan sólo consiguió incluirse en Holanda como un protocolo adjunto al acuerdo global. Además, la negativa de John Major a firmar ni siquiera ese anexo, devaluó todavía más el acuerdo. Aparentemente, la Carta Social firmaba su certificado de defunción en Maastricht.A pesar de todo, la Administración española, que impulsó en su día la Carta Social sin excesivo éxito, parece dispuesta a forzar la máquina todo lo que pueda, para que las nuevas vías abiertas en la cumbre europea se conviertan en realidad a corto y medio plazo. "No hay que ser tan pesimistas", explicaba un alto cargo del Gobierno, "ya que el protocolo abre muchas puertas que hasta ahora estaban cerradas a nivel comunitario. Antes, la CE tan sólo tenía competencias para tomar decisiones en materia de salud, seguridad e higiene en el trabajo. Sin embargo, a partir de ahora el campo de acción se amplía a otros muchos conceptos sobre los que podremos decidir once de los doce paises comunitarios".

En concreto, la nueva redacción del artículo 118 del Tratado de la Unión Europea establece dentro del acuerdo" "11+1", que los ámbitos de actuación se amplían a las condiciones de trabajo, información y consulta de los trabajadores, igualdad de oportunidades en el mercado laboral, igualdad de trato en el trabajo entre hombres y mujeres e integración de las personas excluídas del mercado laboral.

El protocolo va más allá todavía al afirmar que "el Consejo decidirá por unanimidad, a propuesta de la Comisión y previa consulta al Parlamento Europeo y al Comité Económico y Social, en los siguientes ámbitos: seguridad social y protección social de los trabajadores; protección de los empleados en caso de rescisión del contrato laboral; representación y defensa colectiva de los intereses de los trabajadores y de los empresarios; condiciones de empleo de los nacionales a terceros países que residan con regularidad en el territorio de la Comunidad; y contribuciones financieras dirigidas al fomento y a la creación de empleo, sin perjuicio de las disposiciones relativas al Fondo Social Europeo".

Un paso adelante

A juicio del Ministerio de Trabajo español, estos nuevos ámbitos de actuación "ofrecen muchas posibilidades futuras para el desarrollo de una política social europea, aunque las decisiones haya que tomarlas por unanimidad y todavía sigan quedando fuera de las competencias comunitarias algunos aspectos esenciales como las remuneraciones y los derechos de asociación, huelga y cierre patronal. Yo confío en que pronto se retomen dos directivas sobre contratos atípicos que están congeladas en la Comisión y que se desarrollen otras dos sobre protección de la mujer embarazada y duración del tiempo de trabajo".

Las citadas fuentes indicaron asímismo que "no es cierto que los países comunitarios no hayan avanzado en política social en los últimos. Lo que sucede es que cada uno ha actuado a su aire y en el caso de España, las condiciones de trabajo están mejor que la media de nuestros socios comunitarios".

Los riesgos de la desunión

El acuerdo "11 +1" tiene una serie de inconvenientes que podrían plantear problemas, tanto legales como puramente operativos. Es la tercera vez que Gran Bretaña se queda al margen de una decisión de los otros once miembros (ya lo hizo con el Sistema Monetario Europeo y ha repetido al incluir la fórmula del opting out para la unión monetaria), pero en esta ocasión ha dejado claro que no se descuelga de forma coyuntural, sino para siempre.Ante esta tesitura, expertos jurídicos se plantean la validez misma del acuerdo y lo llegan a comparar con la decisión del Tribunal Europeo de impugnar el acuerdo entre la CE y la EFTA. "Esta última decisión ha obligado a replantear muchas cosas en la forma de actuar de la Comunidad", explicaba la citada fuente, "y no descarto que se cuestionen la legalidad de acuerdos que excluyan a alguno de los miembros".

En el Ministerio de Trabajo español se cuestionan también la propia operativa de las decisiones adoptadas por los once. Tras el Tratado de Maastricht, hay dos redacciones diferentes de los artículos 117 y 118. El primero sirve para los doce y el segundo solamente para once. "Lo que habrá que saber es qué derechos tendrá Gran Bretaña", añadieron las citadas fuentes, "cuando se discutan los acuerdos a once en el Parlamento Europeo. ¿Se tendrán que abstener los parlamentarios británicos?". Una nueva complicación para una política social que se ha encontrado con demasiadas trabas desde que se planteó a finales de los ochenta.

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