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Los bancos, culpables si no funcionan las alarmas, según el Constitucional

Las entidades bancarias son responsables no sólo de instalar medidas de seguridad en sus oficinas, sino de que éstas funcionen, según se establece en una sentencia dictada el pasado día 19 por la Sala Primera del Tribunal Constitucional, presidida por Francisco Tomás y Valiente.En la sentencia se desestima el recurso de amparo interpuesto por el Banco Bilbao Vizcaya y confirma la sanción de 500.000 pesetas que el Gobierno Civil de Madrid impuso a la entidad. La multa fue debida a que en una oficina que fue atracada no había vigilante jurado y, además, el sistema de apertura retardada de la caja no funcionó y la alarma no fue activada. El tribunal rechaza el argumento del BBV, que sostenía que lo obligatorio es tener medidas de seguridad, pero no hacer que funcionen. Las normas exigen que "funcionen en el momento que sea necesario para prevenir la comisión de actos delictivos".

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