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Editorial:
Editorial
Es responsabilidad del director, y expresa la opinión del diario sobre asuntos de actualidad nacional o internacional

Libre expresión y derecho de huelga

LA HUELGA de los repartidores de prensa -ruteros- realizada esta semana en la Comunidad de Madrid produjo el ayuno total de prensa escrita, el martes, y una semiabstinencia, el miércoles. Pero también ha abierto un lugar a la reflexión sobre el conflicto de derechos en presencia y sobre el papel de los sindicatos. Desde el mundo sindical, algunas voces han expresado su malestar al considerar que se ha producido un menosprecio del derecho de huelga en relación con la libertad de expresión, considerando aquél como un derecho característico de los trabajadores y a ésta sólo una coartada de los periódicos y sus empresas.Estaríamos ante dos derechos en conflicto, protegidos ambos en la Constitución en el título primero -relativo a los derechos y deberes fundamentales-, que consagra el núcleo duro de la Carta Magna. Y hay que decir que la jurisprudencia del Tribunal Constitucional ha sido extraordinariamente contundente al dilucidar en casos de colisión la primacía del derecho a la información sobre otros también constitucionalizados.

¿Por qué esta primacía? Aun a riesgo de ser esquemáticos, por dos sencillas razones. Primera, porque el edificio democrático se levanta históricamente sobre dos patas: el derecho de asociación y la libertad de expresión. Esta última no sólo es fundamento actual de la vida democrática, está en el propio origen histórico del Estado de las libertades. Segunda razón. El establecimiento de un derecho no es otra cosa que el otorgamiento de garantías para un bien jurídico que se considera necesario proteger. Y lo que el artículo 20 de nuestra Constitución protege no es únicamente la libre expresión y difusión de ideas y opiniones, sino también el derecho "a comunicar o recibir libremente información veraz". Se protege, pues, no la posición de unas empresas o de unos periodistas: se protege el mucho más general derecho de los ciudadanos a recibir información. De modo que el ámbito del bien garantizado es universal, abarca a todos los ciudadanos y se trata de un sujeto de derecho más amplio que otros asimismo respetables y constitucionales, como el sujeto del derecho de huelga, acotado por definición a quienes lo ejercen.

Al margen de estas precisiones, la pretendida contraposición entre la huelga y la información nada tiene que ver con lo acontecido. La realidad es que un colectivo de transportistas decidió ejercitar el derecho de huelga como medida de presión para hacer avanzar su convenio regional con las empresas distribuidoras. Hasta aquí, ningún problema en el orden de los derechos. Otra cosa es el punto de vista de la estrategia sindical: se trataba de una huelga para obtener, de entrada, antes incluso de iniciar la discusión concreta del convenio, la totalidad de las reivindicaciones esenciales contenidas en la misma plataforma del mismo. Ningún problema, decimos, desde el punto de vista teórico del ejercicio de un derecho constitucionalizado, la huelga. Ningún problema pusieron las distribuidoras al ejercicio de ese derecho, ni tampoco las editoras de los periódicos.

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El problema surgió cuando un sector de huelguistas ejerció su derecho a no trabajar de forma exorbitante: arrogándose, mediante piquetes violentos, el derecho de inspeccionar todos los vehículos que salían de los recintos de las editoras; impidiendo la salida de los ejemplares de suscripciones (cuyo reparto no es competencia suya), y obstaculizando la libre circulación de las personas mediante el taponamiento físico de los accesos. Tanto como los sindicatos han criticado a la ley Corcuera para que algunos de sus militantes se arroguen por la fuerza prerrogativas inadmisibles. Pero aun sin ir tan lejos, los periódicos estaban en su derecho de garantizar la distribución por medios alternativos en el mismo momento en que quiebra el servicio contratado con las distribuidoras: no sólo ya en aras de la libre expresión, sino en virtud de la libertad de mercado y de contratación. Y también en virtud del sentido común.

Los excesos protagonizados por algunos huelguistas encajan en ciertas dinámicas que caracterizan frecuentemente sectores como el del transporte. Pero lo más preocupante es la cobertura que este tipo de actuaciones reciben por parte de centrales sindicales que se autodefinen como serias y respetables. Comisiones Obreras y UGT -en este caso, como en tantos otros- han optado erróneamente por ponerse al frente de una manifestación que no es la suya, quizá respondiendo al prurito demagógico de que toda huelga es por principio buena para un sindicato de clase.

No constituye un placer tener que recurrir a camionetas blindadas para el reparto de periódicos, ni apelar a las fuerzas encargadas de defender el orden democrático para obtener la libre circulación de personas y mercancías. Pero, estos recursos no son gratuitos: sin la violencia ejercida hubieran sido innecesarios.

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