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El organismo futbolístico sigue sin encajar un gol

F. M., Las negociaciones de la Comisión Europea con la UEFA han sido tormentosas hasta el acuerdo del pasado mes de abril, donde la única concesión que hizo la Unión Europea del Fútbol fue aceptar adelantar seis meses la ampliación del cupo de extranjeros por club. Sin embargo, los servicios jurídicos comunitarios habían planteado objeciones sobre la legalidad de la medida. En primer lugar, supone una contradicción con el principio de libre circulación garantizado en el artículo 48 del Tratado de Roma. Se trata de una discriminación por razón de nacionalidad para los futbolistas de países de la CE, que limita sus oportunidades de trabajo.

En 1986, el comisario Manuel Marín intentó, sin éxito, un acuerdo para hacer cumplir el derecho comunitario. La UEFA se cerró en banda con el peregrino argumento de que su sede está en Suiza, que no es territorio comunitario. Después, el presidente Jacques Delors asumió las negociaciones sin resultado.

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El Parlamento Europeo condena el acuerdo con la UEFA que limita la libre circulación de jugadores

En casi seis años, la UEFA sigue sin encajar un gol y el presidente de la FIFA, Joáo Havelange, fue incluso más lejos cuando afirmó que las normas que rigen el fútbol están por encima de las constituciones nacionales. De ello puede dar fe Jorge Valdano, quien, a pesar de tener la nacionalidad española, siguió siendo extranjero para jugar en el Real Madrid.

En abril de 1989, el Parlamento Europeo denunció ya el nuevo comercio de esclavos" al que están sometidos los jugadores profesionales.

'Caso Bosman'

El jugador belga Jean-Marc Bosman, hoy incluído en la lista negra de los que se rebelan, ganó en noviembre del pasado año en un tribunal de Lieja el derecho a fichar por un club francés. Hoy Bosman está sin equipo, después de que fracasara su intento de fichaje por el Palamós español y de que la AFE desistiera de buscarle equipo en España para convertirlo en el símbolo de las reivindicaciones de los futbolistas.

El caso Bosman, sometido al dictamen del Tribunal de Justicia de la CE, plantea que, además de la libre circulación y la no discriminación por nacionalidad, se puede invocar el artículo 85 del tratado de la CE sobre la libre competencia. Los clubes de fútbol, en su vertiente económica y laboral, actúan como empresas privadas, pero se amparan en normas de las federaciones que permiten, según expertos jurídicos, "una organización ilegal en la contratación de jugadores".

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