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Tribuna
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Luces y sombras de una sentencia

A juicio del articulista, la sentencia del texto, demuestra claramente que en una juicio contra los policías Amedo y Domínguez, con las reservas que señala en el texto, demuestra claramente que en una democracia nadie está autorizado para ejercer la violencia al margen de la ley.

Al final pasó lo que muchos barruntábamos desde que comenzó el juicio: que Amedo y Domínguez fueron condenados por seis asesinatos frustrados y no por los homicidios como se temía, y que nos quedamos sin saber definitivamente quien o quienes estaban detrás o por encima, y de dónde salían los fondos con que se pagaban a los ejecutores materiales de los atentados o sus reuniones, viajes y cenas en restaurantes y hoteles de lujo.Tampoco se les condenó por pertenencia o colaboración con banda armada, a pesar del carácter organizado y estable del grupo violento que formaron y cuyos actos habían preparado, apoyado o inspirado de algún modo. Aun así, les caen un porrón de años, más de 100 para cada uno, de los que pueden cumplir un máximo de 30 que, con las rebajas penitenciarias, se pueden quedar en la mitad o quizá en menos; por no decir nada de indultos, regímenes abiertos, permisos de fin de semana y otras facilidades de las que ambos condenados se pueden beneficiar como todo hijo de vecino. Todo ello, naturalmente, si el Tribunal Supremo o el Constitucional, en caso de recurso, no disponen otra cosa.

Esta sentencia será recibida, como todas las que culminan algún caso conflictivo, con división de opiniones, no ya sólo por los abogados de la defensa y de la acusación que, como es lógico, arriman el ascua a su sardina, sino por una opinión pública dividida entre los que consideran que los ahora condenados son unos héroes y que contra el terrorismo todo vale, y los que en cambio opinan que el terrorismo de Estado o desde el Estado es el peor de todos los crímenes y el que realmente conmueve los cimientos de la civilización y de la democracia. El tribunal no comparte, desde luego, las tesis de los primeros, pero tampoco del todo las de los otros, porque, en todo caso, parece no querer equiparar a los condenados con la banda terrorista cuyas acciones dieron lugar a sus actos.

Pero discrepancias ideológicas aparte y más allá de la pasión con que se suelen discutir estos hechos, está la voz de la razón representada en este caso por un tribunal de justicia, única sede donde hay que decidir y solventar los conflictos sociales de cada día. Y el tribunal en ningún momento ha dado la razón a la razón del Estado, ni nadie que haya intervenido en el proceso de forma oficial ha dicho o mantenido que contra el terrorismo todo vale o que los hechos de los que eran acusados los hoy condenados eran actos heroicos que debían ser premiados en lugar de castigados.

Hechos probados

El defensor de los policías se ha cuidado muy mucho de admitir tan siquiera en los casos en los que las pruebas eran más concluyentes es que sus defendidos tuvieran la menor participación en los hechos de los que se les acusaba. No se trataba, pues, de valoraciones políticas sino de hechos probados, entre los que el tribunal, en su libre apreciación de la prueba, ha estimado corno tal la relación inducción-inducido entre los señores Amedo y Domínguez y los ejecutores de algunos de los atentados que, obviamente, como no podía ser de otro modo por la concurrencia de la agravante de precio, ha considerado constitutiva de participación en al menos seis asesinatos frustrados.

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Un buen golpe para los que en algún despacho secreto todavía piensan que tienen licencia para matar o que de sus actos sólo responden ante Dios o ante la historia. En una democracia nadie está autorizado para ejercer la violencia fuera de los cauces legales y mucho menos que nadie los que precisamente tienen encomendada como tarea profesional la defensa de la democracia y de sus reglas y normas fundamentales de convivencia.

Este es, según creo y con todas las reservas puntuales que merecen algunos extremos de la sentencia, el mensaje y la enseñanza que podemos sacar todos de ella.

Francisco Muñoz Conde, catedrático de Derecho Penal de la Universidad de Sevilla.

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